La regulación de crematorios en México varía por entidad federativa, pero generalmente se rige por la Ley General de Salud y reglamentos locales de cementerios y servicios funerarios. Estos establecimientos requieren permisos sanitarios, licencias de funcionamiento, y deben cumplir con normas de emisiones y manejo de cadáveres.
"Con el pueblo todo sin el pueblo nada, cuando hay una oposición a la construcción en el peor de los casos que no se hiciera aquí donde se está proponiendo al lado de la unidad de medicina familiar, tomaríamos la palabra para que en su momento ellos propusieron otro terreno". - José de Jesús Chávez Martínez, delegado del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en Nayarit.
El sector público está obligado a contar con un crematorio por entidad, pero qué sucede cuando es la misma comunidad la que se opone a su instalación?.
"Comentamos nuevamente que el pueblo de Francisco I. Madero tiene sus usos y costumbres del por qué no quieren el crematorio (00:20). // (01:19) el pueblo de Francisco I. Madero, no se opone que venga el proyecto pero que sea en otra zona". - Antonio Verdín Álvarez, comisariado ejidal de la localidad de Francisco I. Madero (Puga) en Nayarit.
¿Pero qué dice la normativa sanitaria local en su regulación?, bien, pues la ley señala que los interesados deben obtener un permiso sanitario de construcción de crematorios, presentar un proyecto arquitectónico, y cumplir con regulaciones ambientales y de emisiones.
Consideraciones Ambientales:
ALBERTO CARDONA, MEGANOTICIAS.