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05 de Mayo del 2024

Seguridad

6 años de prisión y multa 110,000 por violencia digital

El Código Penal para el Estado de Colima en su artículo 152 ter, establece una pena de 4 a 6 años de prisión, así como una multa de 48 mil 110 a 96 mil 220 pesos, por el delito de violencia digital, es decir, de 500 a 1,000 Unidades de Medida y Actualización.

Esta reforma al Código Penal y la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia fue publicada en Colima el 2 de mayo de 2020, como parte de las acciones emprendidas a nivel nacional luego que se aprobara la Ley Olimpia, misma que surgió a consecuencia de la difusión de un video íntimo de Olimpia Coral Melo a través de una red social, por parte de su expareja sentimental a forma de venganza, sin su consentimiento, en el estado de Puebla.

"Es un gran paso el que se dio en la pasada legislatura el que se pudiera trabajar al respecto de la violencia digital porque quienes venimos del sector público, quienes somos activistas sabemos que la violencia existe y es real".

La Ley Olimpia no se refiere a una ley como tal, sino a un conjunto de reformas legislativas encaminadas a reconocer la violencia digital y sancionar los delitos que violen la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales, también conocida como ciberviolencia.

Video grabar, audio grabar, fotografiar o elaborar vídeos reales o simulados de contenido sexual íntimo, de una persona sin su consentimiento o mediante engaño, son conductas que atentan contra la intimidad sexual.

"Me parece muy bueno que se nombren sanciones y que se trabajen las acciones porque eso es un aviso, incluso, de persuasión hacia quienes se les hace fácil difundir el contenido sexual que alguna pareja o expareja ha compartido".

Por tanto, exponer, distribuir, difundir, exhibir, reproducir, transmitir, comercializar, ofertar, intercambiar y compartir imágenes, audios o videos de contenido sexual íntimo de una persona, a sabiendas de que no existe consentimiento, mediante materiales impresos, correo electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales o cualquier medio tecnológico, pueden ocasionar el encarcelamiento de una persona.

A dos años de las reformas realizadas al Código Penal para el Estado de Colima, se desconoce cuántas personas han sido procesadas, encarceladas o sancionadas por esta causa. Meganoticias solicitó dicha información a la Fiscalía General del Estado, sin embargo, no hubo respuesta.






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