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15 de Mayo del 2024

Seguridad

Gas pimienta, paralizador eléctrico, bastón; permitidos en legítima defensa


Ante la ola de violencia, las desapariciones y los feminicidios, muchas mujeres están optando por cargar con artículos que pueden utilizarse para la defensa personal.

La especialista en derecho y defensa de las mujeres, Adriana Ruiz Visfocri, señala que artículos como el gas pimienta, el paralizador eléctrico de contacto, no de distancia, y el bastón retráctil, pueden utilizarse para la legítima defensa sin infringir la ley.

"Que tú traigas a tu niña de la mano y te la jaloneen y eso, claro, si utilizas cualquier arma o instrumento que utilices para que no arrebaten a tu hija o tu mamá de tu lado, es legítima defensa, con eso lo acreditas".

Este y otros artículos son considerados armas blancas por la Ley Federal de Armas de Fuego y explosivos, sin embargo, pueden utilizase para legítima defensa, es decir, para repeler una agresión real, actual e inminente sin derecho, en protección de bienes jurídicos propios o ajenos siempre que exista necesidad de la defensa y racionalidad de los medios empleados.

A diferencia de las armas de fuego, las armas blancas no requieren registro ante la Secretaría de la Defensa Nacional, y pueden ser cargadas en el bolso, el maletín o incluso dentro de la ropa.

"O si vas por la calle y una persona te increpa, se acerca, te amenaza con un instrumento o un arma y te quiere arrebatar la bolsa, te quiere jalonear, jalar a tu hija, bajarte del carro para robarte, le rocías el gas en la cara y te bajas del carro o le das el arrancón al carro", explicó.

Para portar cualquier instrumento de este tipo, se recomienda antes, tomar instrucción de defensa personal y de uso del objeto en particular, de manera que, encaso de ser necesario, pueda ser utilizado con pericia.

La especialista señala que el uso de un arma blanca para la legítima defensa, no exime la posibilidad de enfrentar un proceso penal.

"Si el agresor presenta una denuncia, por ejemplo, le roció gas pimienta y le produce un daño en los ojos, ceguera momentánea o definitiva o daños en la retina o en cualquier parte, si presenta denuncia, la mujer tiene que comparecer y acreditar que fue en legítima defensa de ella o de sus familiares cercanos y ya no le van a aplicar una sanción".

Las armas de fuego también pueden ser utilizadas para la defensa personal, pero deben ser las permitidas por la Ley y estar registradas ante la SEDENA, y a diferencia de las armas blancas, sólo pueden guardarse dentro del hogar y en algunos casos, dentro del vehículo.






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