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07 de Mayo del 2024
Salud

Hasta 48,000 de multa por incumplir medidas sanitarias en Moteles

Hasta 48,000 de multa por incumplir medidas sanitarias en Moteles

La Ley Estatal de Salud establece que es la Secretaría de Salud la encargada de vigilar y garantizar el debido funcionamiento de los establecimientos para el hospedaje que proporcionen servicios públicos de alojamiento u otros mediante el pago de un precio determinado.

Entre ellos; hoteles, moteles, campamentos, albergues, posadas,

casa de huéspedes, casa de asistencia, de tiempo compartido, así como cualquier edificación que se destinada a dar alojamiento.

La vigilancia sanitaria se realizará mediante visitas de verificación a cargo del personal expresamente autorizado, el cual deberá realizar las respectivas diligencias para constatar que se cumplan con requisitos básicos como; fumigación, limpieza, riego y mantenimiento, intervención de obras civiles y de construcción para evitar riesgo de colapso.

Esta autoridad podrá emitir medidas de seguridad como; aislamiento, observación personal, vacunación de personas, destrucción o control de insectos u otra fauna transmisora y nociva, suspensión de trabajos o servicios, desalojo de establecimientos, orden de limpieza y desinfección del lugar, entre otras.

La multa por desacatar las disposiciones de las autoridades sanitarias es de 20 a 500 Unidades de Medida y Actualización, es decir, entre 1 mil 924 y 48 mil 110 pesos, de acuerdo a la gravedad de la infracción.

Entre las sanciones administrativas además de la multa, también se establecen; amonestación con apercibimiento, clausura temporal o definitiva o arresto hasta por 36 horas, pues se toma en cuenta los daños que se hayan producido o puedan producirse en la salud de las personas, las condiciones socioeconómicas del infractor, la calidad de reincidente del infractor; y el beneficio obtenido por el infractor como resultado de la infracción.






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