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29 de Abril del 2024

Movilidad

Multa de 28 mil pesos a vacacionistas que manejen alcoholizados

Aunque el periodo vacacional de Semana Santa inicia el próximo lunes 29 de marzo, muchos vacacionistas aprovecharán el fin de semana para emprender su viaje a través de la red de carreteras federales que existen en el país y llegar al destino planeado. No obstante, el viaje implica respetar una serie de lineamientos establecidos en diferentes reglamentos de tránsito y se puede ser sujeto a una multa o infracción por parte de la Guardia Nacional de no acatarse.

Con base en el Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal, especialistas detallan que una de las multas más frecuentes es rebasar los límites de velocidad establecidos dependiendo de la unidad. En caso de automóviles, SUV´s, vagonetas, motocicletas sin remolque, pueden recibir una multa con valor entre los 4 mil 250 pesos a 5 mil 950 pesos. Autobuses, de 6 mil 800 hasta 10 mil 200. Camiones, de 5 mil 100 hasta 8 mil 500 pesos.

Otra de las infracciones más frecuentes es por no usar el cinturón de seguridad y la multa puede ser de 2 mil 835 a 3 mil 542 pesos.

Así también, por conducir en estado de ebriedad o bajo los efectos de sustancias psicotrópicas, la sanción oscila entre los 14 mil 170 a 28 mil 350 pesos.

Por no portar placas o la tarjeta de circulación, se puede ser acreedor a una multa de 1,275 hasta los 1,700 pesos para vehículos particulares, y de 2 mil 500 hasta los 3 mil 400 para autotransportes del servicio federal.

Por falta de licencia de manejo la multa pude ser entre los 1,700 a 3 mil 400 pesos.

Por estacionarse en lugares prohibidos, de 1,417 a 3 mil 542 pesos.

También por transportar personas en el lugar destinado para carga, la multa puede ser de 2 mil 835 a 3 mil 542 pesos.

Cabe aclarar que no son todas las causales de multas, pero de acuerdo al Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal, el monto de la multa se reducirá en un 25 por ciento, siempre que el infractor se abstenga de impugnar la sanción.

Así también cuando el pago se efectúe dentro de los 15 días hábiles posteriores a la imposición de la multa, ésta se reducirá en un 25 por ciento.






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