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03 de Mayo del 2024

Economía

Permite Fase 2 del plan municipal la apertura de gimnasios

La Fase 2 también considerada de Recuperación, que forma parte del Plan Colima y su Gente del Ayuntamiento de Colima para la reactivación económica del municipio, comprende del 15 al 28 de junio y permite la apertura de gimnasios y salones de fiestas con áreas abiertas a un 50% de su capacidad, así como la reincorporación de las actividades del gobierno municipal al 100 % y totalidad de servicios.

De acuerdo al Plan, los restaurantes que abrieron desde el pasado 1 de junio, en la Fase 1, deben continuar con una capacidad del 50% en su aforo y acatando las medidas de seguridad sanitaria, como el uso de cubrebocas, sustancias antibacteriales, y sana distancia.

En parques y áreas públicas se amplía a 20 personas para estar su interior o haciendo ejercicio, respetando las medidas sanitarias.

En el caso de centros comerciales y hoteles, la apertura de tiendas debe continuar con un 50% de aforo, con medidas sanitarias.

Los bares también en un 50% de aforo, con acciones preventivas.

Gimnasios, se permite su apertura con 50% de aforo y acatando las medidas de seguridad sanitaria.

En cuanto a los centros de reuniones y eventos privados, podrán abrir aquellos con áreas abiertas, al aire libre y terrazas, con capacidad limitada al 50% de su aforo, bajo medidas sanitarias establecidas.

Los mercados, tianguis y puestos ambulantes siguen operando como se determinó desde el 1 de junio.

El sector de la construcción y obra pública continúa abierto con medidas de seguridad sanitarias.

De acuerdo al Plan Colima y su Gente, durante esta Fase 2 deben continuar cerrados los cines, teatros, museos, bibliotecas y casinos; sin embargo, en el caso de casinos, el alcalde Leoncio Morán anunció que podrán abrir en su área de restaurante pero no en su zonas de juego.

El plan municipal también señala que en este periodo se reincorporarían las actividades del gobierno municipal al 100 por ciento de capacidad y totalidad de servicios con el 100% de capacidad.

Así también, establece que el incumplimiento a las disposiciones dará lugar a la clausura de los establecimientos o suspensión de actividades hasta en tanto se cumpla con las medidas ordenadas.






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