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03 de Mayo del 2024
Obra Pública

Prohibido realizar graffiti en bardas no autorizadas

Prohibido realizar graffiti en bardas no autorizadas

Aunque la libertad de expresión es válida a través del arte, actualmente existe una delgada línea para quienes consideran el graffiti una forma de vandalismo, es decir sin el respeto a la propiedad privada.

En el Reglamento de Limpia y Sanidad del Municipio de Colima se señala que está estrictamente prohibido y son causa de infracción realizar pintas o graffiti en bardas, fachadas, plazas y lugares públicos, salvo casos autorizados por el propietario o la autoridad municipal, debidamente acreditado.

En materia de infraestructura y elementos urbanos, queda restringido maltratar, pintar, destruir o retirar cualquier equipamiento urbano, como bancas, basureros, fuentes, esculturas, casetas de teléfono, fuentes, elementos de señalética, nomenclatura de calles, o cualquier otro elemento urbano, esto se puede leer en el Reglamento de Imagen Urbana de la Zona Centro de la Ciudad de Colima.

Por otro lado, en el Manual de Imagen Urbana de la Ciudad de Colima se menciona que en la capital la señalética urbana, tanto en la nomenclatura de las calles o avenidas, en las fichas informativas para invidentes, las cédula descriptiva y algunos letreros de espacios culturales tiene el acabado con barniz protector anti grafiti.

En caso de que estos elementos sufran algún tipo de agresión o grafiti deberá considerar las recomendaciones establecidas en el Manual de limpieza y mantenimiento de señales de los programas de señalética para Colima Ciudad Legible.






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