En Coahuila, el código penal en el artículo 236 establece de 3 a 6 años de prisión y multa de mil a 2 mil UMA la Difusión, producción y almacenamiento de material digital sexual sin consentimiento.
El material sexual puede ser real o alterado, ya sean videos, impresos o sonoros.
De acuerdo a la activista Olimpia Coral Melo, en México, el 60 por ciento de los casos digitales que no tienen vinculación a proceso son por la falta de pruebas.
"Algo que si yo hubiera tenido esta cartilla cuando difundieron un video sexual hubiera entendido los derechos digitales y que además aquí dice ley olimpia y había un derecho que lo juzgará, tal vez no hubiera obtenido la justicia ideal, pero hubiese entendido que no tenía la culpa, que había una persona que se tenía que hacer responsable" Olimpia Coral Melo, activista
De acuerdo a cifras presentadas por la activista en su visita a la Laguna, más del 70 por ciento de los niños de 6 años en México utilizan internet y en promedio cada persona pasa 8 horas al día conectado a internet, ya sea redes sociales, búsquedas o entretenimiento.
En el estado se han detectado algunos sitios digitales con divulgación de contenido sexual.
"Los mercados de explotación sexual digital, los 130 que nosotras hemos contabilizado en Torreón, en Coahuila, no tengo datos específicos de los municipios, hay que recordar que en Coahuila fue uno de los casos más emblemáticos, de un suicidio por este tipo de delitos, cuando todavía no existía la ley Olimpia" Olimpia Coral Melo, activista
El movimiento Olimpia Coral Melo inició tras ser víctima de la difusión de un video íntimo sin su consentimiento en el 2014. a la fecha el movimiento ha impulsado la creación de 39 leyes en distintos países