Cuestionan cambios en la modalidad 40 por posible inconstitucionalidad
Economía

Cuestionan cambios en la modalidad 40 por posible inconstitucionalidad

Por: Andrea Terán López de Nava
Durango
Fecha: 23-10-2026

Los cambios relacionados con la modalidad 40 del Seguro Social han generado dudas entre abogados, particularmente por la forma en que se habrían establecido las nuevas disposiciones. Para Fermín Flores, presidente de la Barra de Abogados, existe un debate jurídico que deberá ser analizado a fondo, debido a que una modificación de este tipo no podría estar por encima de lo establecido en la Ley del Seguro Social.

La ley está por encima de cualquier disposición administrativa

El abogado explicó que la modalidad está contemplada dentro de la propia Ley del Seguro Social, específicamente en los artículos 218, 219 y 220, por lo que cualquier modificación sustancial tendría que sujetarse al marco legal vigente.

"Como juristas sabemos que un reglamento o un decreto no puede estar por encima de una ley", señaló Flores, al considerar que cualquier cambio que modifique las condiciones establecidas en la legislación debería contar con el respaldo del Congreso de la Unión, que es el órgano facultado para realizar modificaciones a las leyes federales.

Desde su perspectiva, ahí se encuentra uno de los principales puntos de discusión, pues, de acuerdo con la información que tiene, las modificaciones habrían sido determinadas desde el Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social y no mediante un proceso legislativo.

El procedimiento también está bajo cuestionamiento

Flores consideró que el problema no solamente debe analizarse desde el contenido de las nuevas disposiciones, sino también desde la forma en que fueron establecidas.


Recordó que para modificar una ley existen distintas etapas dentro del proceso legislativo y que estas deben cumplirse para que una reforma pueda considerarse válida. Por ello, advirtió que si se están alterando derechos o condiciones previstas directamente en la Ley del Seguro Social mediante una disposición administrativa, podría abrirse la discusión sobre una posible inconstitucionalidad.

"No nos checa como abogados esta situación", expresó, al señalar que será necesario revisar con cuidado las facultades que tiene el Consejo Técnico y hasta dónde puede llegar en materia de regulación.

Los tribunales tendrán la última palabra

El presidente de la Barra de Abogados aclaró que, aunque desde el punto de vista jurídico existen elementos para cuestionar las modificaciones, la determinación definitiva no corresponderá a los abogados, sino a los tribunales.

En caso de que trabajadores o personas interesadas consideren que sus derechos fueron afectados, podrían recurrir al Poder Judicial de la Federación mediante los mecanismos legales correspondientes, entre ellos los juicios de amparo indirecto.

Será precisamente en esos procedimientos donde se podrá determinar si las disposiciones cuestionadas se ajustan a la Constitución y a la Ley del Seguro Social, o si, por el contrario, exceden las facultades de la autoridad que las emitió.

Flores insistió en que ese será el verdadero debate jurídico: establecer si una autoridad administrativa puede modificar las condiciones de un esquema regulado por una ley federal sin que exista una reforma aprobada por el Congreso de la Unión.

Por ahora, dijo, la discusión permanece abierta y serán los tribunales federales los que, en su momento, tengan la última palabra sobre la legalidad y constitucionalidad de estos cambios.


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