El uso de un automóvil para perseguir a un ciclista, cerrarle el paso, simular que será embestido o presionarlo insistentemente con el claxon dejó de ser una conducta invisible para la legislación de Jalisco. El Congreso del Estado aprobó una reforma que incorpora la figura de intimidación vial y establece arrestos administrativos de entre 24 y 36 horas para quienes incurran en estas prácticas.
La modificación a la Ley de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte busca proteger principalmente a peatones, ciclistas y otras personas con derecho preferente. La intimidación vial es definida como el uso negligente, deliberado o agresivo de un vehículo, con intención coercitiva o de reclamo, para generar miedo, presión o sometimiento, aun cuando no se produzca un daño físico.
Sin embargo, el avance legislativo enfrentará una prueba decisiva en las calles: demostrar que el conductor actuó con la intención de intimidar. Aunque la reforma no crea propiamente un delito penal ni establece en su texto que deba perseguirse mediante querella, sí será necesario que la conducta sea reportada, documentada y acreditada ante la autoridad administrativa. En la práctica, esto podría hacer que su aplicación dependa de la denuncia de la víctima, la identificación del vehículo y la existencia de videos, testigos u otros elementos de prueba.
No bastará, por ejemplo, con acreditar que un automóvil pasó cerca de una bicicleta. La autoridad tendrá que establecer que la aproximación fue abrupta o deliberada y que tuvo como propósito amedrentar, castigar o forzar a la persona a abandonar su espacio de circulación. Esta frontera entre una maniobra imprudente y un acto intencional será uno de los puntos más complejos de la nueva disposición.
La reforma contempla cuatro conductas específicas: aproximarse agresivamente, perseguir, simular un impacto y utilizar persistentemente el claxon o las luces para obligar a alguien a ceder el paso.
Conducta sancionada Ejemplo
El arresto podrá sustituirse, a petición del infractor, por 90 horas de trabajo comunitario destinado al mantenimiento de infraestructura ciclista o peatonal. Para obtener ese beneficio también será obligatorio aprobar un curso de sensibilización sobre los derechos de las personas usuarias de la vía. Cuando exista reincidencia o la intimidación se cometa por razones de género, se añadirán cursos especializados.

Tras la publicación de la reforma, las autoridades estatales y municipales tendrán hasta 180 días para elaborar protocolos, capacitar servidores públicos y adecuar sus reglamentos. De la calidad de esos procedimientos dependerá que la intimidación vial pase de ser una nueva definición legal a una conducta verdaderamente sancionable.