La Comisión de Justicia del Congreso del Estado de Sinaloa aprobó este martes un dictamen que adiciona el artículo 264 Bis al Código Penal estatal, para castigar el uso, fabricación y venta de objetos conocidos como "ponchallantas". La sanción será mayor si se involucra a menores de edad.
El nuevo artículo establece penas de tres a 10 años de prisión, de 100 a 500 días multa y el decomiso de los objetos utilizados para bloquear el tránsito vehicular. Se incluyen estrellas metálicas, abrojos, erizos, varillas u otros objetos similares fabricados con acero.
También se sancionará a quienes fabriquen, distribuyan, vendan o faciliten estos objetos con intención de dañar o impedir el tránsito.
La pena aumentará hasta la mitad si en el delito se utiliza a menores de edad o si el responsable es, o fue, servidor público en los últimos cinco años.
El dictamen fue aprobado por las diputadas y diputados Yeraldine Bonilla Valverde, Ambrocio Chávez Chávez y Erika Rubí Martínez Rodríguez, presidenta, secretario y vocal de la Comisión, respectivamente.
El documento se construyó con base en dos iniciativas: una presentada por un grupo de abogados y otra por el Grupo Parlamentario de Morena.