La reforma a la Ley de Amparo dio un paso clave en el Congreso de la Unión: el Senado la aprobó en lo general y envió la minuta a la Cámara de Diputados, donde se definirá si llega a promulgación con ajustes o con su redacción actual. El debate no es menor: está en juego el equilibrio entre agilizar procesos judiciales y mantener la protección de los derechos frente a abusos de autoridad.
Los cambios se centran en dos ejes principales: el interés legítimo y las suspensiones provisionales. Con la nueva redacción, sólo quien demuestre un daño real, actual y directo podrá promover amparo. Este ajuste limita la participación de colectivos y comunidades que antes podían recurrir a este mecanismo para defender derechos ambientales o sociales.
Además, se faculta a jueces a negar suspensiones cuando consideren afectado el interés social o el orden público. Defensores de derechos humanos advierten que esto puede dejar sin freno actos de autoridad dañinos mientras el juicio se resuelve.
"Desafortunadamente, también hay cosas malas. Una de ellas son la del incremento a los requisitos para las suspensiones. En otro de lo que yo veo mal es aparte de las suspensiones es lo del interés legítimo que tanta polémica ha causado. Porque al final de cuentas, el interés legítimo servía para que cualquier ciudadano con el mínimo interés en ver la regulación de una obra importante o de la comisión de algún acto o hecho de parte de la autoridad pudiera suspender. Digamos, esto es importante cuando hablamos de construcciones de inmobiliarias o de daño medioambiental", expresó Edoardo Ruíz Buenrostro, Profesor Departamento de Derecho Público del CUCSH.
Los promotores sostienen que la reforma busca ordenar abusos y acelerar procesos. Se incluye la justicia digital, con buzones electrónicos obligatorios para autoridades, lo que elimina trámites lentos como notificaciones por correo postal. También se fija un plazo máximo de 60 días para dictar sentencia, lo que promete reducir rezagos que hoy desesperan a litigantes y personas usuarias del sistema.
Académicos y juristas como José Ramón Cossío, exministro de la Suprema Corte, advierten que la iniciativa reduce la protección de la sociedad frente al poder y debilita la democracia constitucional. El riesgo, dicen, es que el amparo deje de ser un escudo ciudadano y se convierta en un blindaje para la autoridad.
Otro punto crítico es la posible retroactividad: un transitorio pretende aplicar las nuevas reglas a casos en trámite. Aunque la Presidencia ya se deslindó, la discusión sigue abierta y genera dudas sobre seguridad jurídica.
En lo práctico, abogados prevén efectos negativos para contribuyentes y empresas. La dificultad para suspender congelamientos de cuentas o actos fiscales podría dejar sin alivio inmediato a personas y negocios, incluso si al final ganan el fondo del litigio.
La Cámara de Diputados decidirá el desenlace. Si elimina la retroactividad y ajusta las reglas de interés legítimo y suspensiones, la reforma puede avanzar como un paso de modernización. Si se aprueba sin cambios, distintas instituciones podrían promover acciones de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte. Pero el panorama tampoco es del todo positivo:
"Sin duda, podría haber algunos mecanismos de acción de inconstitucionalidad que pudieran ser promovidos por autoridades como Fiscalía, Comisión Nacional de Hechos Humanos o también situaciones de controversia constitucionales. Son los dos mecanismos por los cuales se pudiera impugnar esta ley y bueno, desde luego también alguna situación que los ciudadanos podemos hacer. Pero la verdad, yo lo veo muy, muy complicado, prácticamente", mencionó Xavier Rodríguez López , abogado y profesor de la Universidad Panamericana.
El dictamen ya cruzó del Senado a Diputados y ahora se abre la última estación legislativa, donde se medirá si México fortalece la eficiencia procesal sin debilitar la protección ciudadana, o si el amparo pierde su esencia como el recurso histórico frente a los abusos del poder.