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14 de Mayo del 2025
Seguridad

Prisión preventiva asegura integridad física de agraviados

Prisión preventiva asegura integridad física de agraviados
Por: Mónica Grissel Miranda Ceniceros
Hermosillo
09-09-2022

Eliminar la figura de prisión preventiva oficiosa contemplada en el artículo 19 constitucional pone en riesgo la seguridad e integridad física de los agraviados, ya que, en delitos como homicidios, secuestros, privaciones ilegales de la libertad o crimen organizado, es importante que se asegure la detención para que la sociedad no corra un riesgo, indicó Héctor Contreras Pérez.

El abogado ex presidente de la Barra Sonorense de Abogados estimó que más del 75 por ciento de la sociedad está de acuerdo en que permanezca la prisión preventiva oficiosa, en los casos en los que se puede afectar el proceso penal, aunque reconoció que hay un abuso en la contemplación normativa de esta figura.

"si hay un exceso, si hay un abuso y eso se debería de replantear por el legislativo para que fueran la menor cantidad de delitos que realmente ameritaran una justificación como pudieran ser, por ejemplo, la delincuencia organizada".

Con esta modificación, precisó, el ministerio público estará obligado siempre a justificar la prisión preventiva como medida cautelar y ser decretará por un juez.

"O en su defecto decretarla, debe de haber un segmento de delitos muy específico atendiendo al bien jurídico que afecta, al bien jurídico tutelado que justificara que debe existir la prisión preventiva en esos casos".

Actualmente el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, analiza la eliminación de la prisión preventiva oficiosa por considerarla inconstitucional.






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