Debe acatarse restitución de Vargas Landeros: Alianza Mexicana de Abogados advierte sobre desacato judicial
"Foro electivo" permitió a Vargas obtener suspensión desde Zacatecas; abogados respaldan legalidad del proceso
Para la Alianza Mexicana de Abogados, la suspensión definitiva concedida por el juez Rodolfo García Camacho, titular del Juzgado Primero de Distrito en el estado de Zacatecas, a favor de Gerardo Vargas Landeros ordenando su inmediata restitución como presidente municipal de Ahome para el periodo 2024-2027 debe ser acatada por autoridades en Sinaloa y en caso de incurrir en desacato al mandato judicial se deberá proceder a dar vista al ministerio público para efecto de iniciar la carpeta correspondiente.
Ricardo Beltrán Verduzco, experto en derecho señaló que el Congreso del Estado se extralimitó en sus atribuciones al desaforar a Gerardo Vargas Landeros, y fue aún más allá al designar a un alcalde sustituto, cuando la normativa establece que dicha facultad corresponde en primera instancia al Cabildo. Explicó que, únicamente si el Cabildo determina declarar vacante la Presidencia Municipal, entonces la responsabilidad de nombrar a un interino se traslada al Congreso del Estado.
"Creo yo que ahí hay una situación en la que se ha extralimitado la función legislativa y con ello violentado algunos derechos creo que el Juez debe de haber valorado muchísimas situaciones de ese tipo que lo llevaron a otorgar esta resolución interlocutoria con efectos restitutorios".
Ante las dudas sobre por qué un juez federal de otro estado fue quien emitió la resolución a favor de Gerardo Vargas Landeros, el abogado explicó que la Ley de Amparo permite al quejoso promover el juicio en cualquier Juzgado de Distrito del país, siempre que justifique que en ese lugar se ve afectada su esfera jurídica o que se encuentra ahí por razones personales o de seguridad.
Esta figura se conoce como "foro electivo", y ha sido comúnmente utilizada en casos políticos o de alto perfil por diversas razones, entre ellas:
Evitar posibles conflictos de interés.
Buscar mayor imparcialidad en la resolución judicial.
Agilizar el trámite en juzgados con menor carga de trabajo.