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03 de Mayo del 2025
Economía

¿Cómo tramitar un permiso de trabajo para menores en Querétaro?

¿Cómo tramitar un permiso de trabajo para menores en Querétaro?

¿Alguno de tus familiares es menor de edad y busca trabajar en el estado de Querétaro?


En la entidad y en todo el territorio mexicano, las personas de entre 15 y 17 años pueden prestar sus servicios a una empresa, siempre y cuando obtengan un permiso legal, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT). El marco normativo en la materia también prohíbe que las personas de 14 años o menos puedan realizar estas actividades.


Si conoces a una persona que se encuentre en este rango de edad y busca iniciar en el ámbito laboral, estos son los pasos que debe de seguir para obtener el permiso legal:


¿Cómo iniciar el trámite?


1. En primera instancia, necesitarás presentar los siguientes documentos en la Secretaría del Trabajo del Estado de Querétaro, ubicada en la calle Madero 70, en la Unidad de Inspección y Asesoría del Trabajo.


2. Se requiere presentar:

     

  • Certificado médico reciente, en hoja membretada sellada por el médico (original).
  • Constancia de estudios reciente (original). 
  • Escrito emitido por los padres en los que se esclarezcan los motivos para tramitar el permiso, dirigido a la Unidad (original).
  • Escrito por parte de la empresa en la que se estipulen los detalles del puesto de trabajo (original).
  • Acta de nacimiento (original y copia).
  • Identificación del menor de edad, como su identificación escolar (original y copia).
  • Dos fotografías en tamaño infantil del menor, a color o a blanco y negro.
  • Identificación del padre o tutor del menor (copia).

Notas para considerar


  • Para realizar este trámite, el menor de edad puede acudir por su cuenta, aunque se recomienda estar acompañado de un padre o tutor.
  • Asimismo, se recomienda llegar con antelación para realizar el trámite, antes de las 14:00 horas, pues el proceso demora un poco, aunque culmina el mismo día.
  • Cabe destacar que este trámite es gratuito para menores desde los 15 años y tiene una vigencia de seis meses.

¿Los menores pueden realizar cualquier trabajo?


No. Aunque las personas de 15 años o más pueden laborar de forma legal, existen diversas actividades que no pueden desempeñar, las cuales puedes consultar en los artículos 175 y 176 de la Ley Federal del Trabajo.


La Ley prohíbe que los menores de 18 años realicen actividades que impliquen exposición a riesgos físicos, químicos o biológicos, como ruido excesivo, radiaciones, temperaturas extremas, contaminantes o agentes infecciosos. Tampoco pueden desempeñar labores nocturnas después de las 10 de la noche, participar en rescates, trabajar en alturas o espacios confinados, ni operar equipos críticos que manejen sustancias peligrosas.


Además, está prohibido su empleo en sectores considerados de alto riesgo, como la agricultura y pesca con uso de químicos o maquinaria pesada, industrias gasera, cementera, minera, del hierro, acero, petrolera, nuclear, ladrillera, vidriera, cerámica, cerera, tabacalera, así como en la construcción, generación de electricidad y en minas o actividades submarinas.


Los menores no pueden asumir responsabilidades directas sobre el cuidado de personas, custodiar bienes o valores, ni realizar trabajos que exijan alta concentración, dificultad o responsabilidad. También se les prohíbe manejar, operar o mantener maquinaria pesada, vehículos motorizados o herramientas punzocortantes, así como cargar pesos mayores a siete kilogramos, mantener posturas forzadas o realizar movimientos repetitivos por periodos prolongados.


Horarios y contactos de atención


El horario de atención es de 8 de la mañana a 15:30 horas.


Ante cualquier duda, puedes contactar a la Secretaría del Trabajo llamando al 441 227 1800, extensión 1829. De igual forma, puedes enviar un correo electrónico a la siguiente dirección: marteagaf@queretaro.gob.mx




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