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Congreso avala proceso de consulta de revocación de mandato en Oaxaca
Política

Congreso avala proceso de consulta de revocación de mandato en Oaxaca

Por: Meganoticias
Salina Cruz
Fecha: 31-07-2025

Durante la Sesión Ordinaria del Congreso del Estado, integrantes de los Grupos Parlamentarios de Morena, Movimiento Ciudadano, Fuerza por Oaxaca y Partido del Trabajo (PT), enfatizaron la importancia de la Revocación de Mandato, pues externaron que Oaxaca es la primera entidad federativa en implementar este mecanismo de participación ciudadana, mediante el cual, pueden solicitar la destitución del Gobernador antes de finalizar su periodo.

Coincidieron que con esta herramienta se busca fortalecer la democracia y garantizar que el pueblo pueda ejercer libremente sus derechos a revocar, remover o retirar de un encargo de elección popular, a la persona titular del Poder Ejecutivo que, por sus acciones, pierda la confianza de la ciudadanía.

El presidente de la Junta de Coordinación Política, Benjamín Viveros Montalvo, precisó que la Ley de Revocación de Mandato para el Estado de Oaxaca, fue aprobada desde hace dos años, publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado el 30 de enero de 2023.

En su participación, el diputado del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Javier Casique Zárate presentó al Parlamento de Oaxaca dos Proyectos de Decreto para fortalecer este mecanismo, como una herramienta legítima de democracia participativa y consolidar un marco constitucional que sea coherente y funcional.

En este sentido precisó que sus propuestas de ley plantean de manera específica modificaciones en la organización, los plazos procedimentales e implementación de este mecanismo de democracia directa, siendo las adecuaciones principales las siguientes:

Respecto al plazo para presentar la solicitud establecido de tres meses posteriores al tercer año, se reduce a un mes; en cuanto al proceso de recabación de firmas, podrá realizarse durante el mes previo a la solicitud de revocación de mandato; en Medios de Recolección, además de los formatos impresos se incorporan medios electrónicos; en los Plazos de Verificación de los nombres de quienes hayan suscrito la petición de revocación y los porcentajes requeridos, se realizará en un plazo de diez días naturales; la Emisión de la Convocatoria, se plantea que sea dentro de los tres días posteriores; y respecto a la Fecha de Votación, se propone que se realice el domingo siguiente a los 30 días posteriores a la emisión de la convocatoria.



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