El 16 de julio de 2025, el gobernador de Oaxaca, Salomón Jara Cruz, confirmó que se someterá al proceso de revocación de mandato al concluir su tercer año en el cargo, convirtiéndose en el primer mandatario estatal en ejercicio en promover esta figura tras impulsar la reforma constitucional que la incorporó. Según el Decreto 782, aprobado el 18 de enero de 2023, la petición debe reunir el apoyo de, al menos, el 10 por ciento de los 4.1 millones de oaxaqueños inscritos en la lista nominal de electores, distribuidas en más de la mitad de los municipios de la entidad.
La solicitud debe presentarse al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), que la certificará y, de ser procedente, remitirá al Congreso local para emitir la convocatoria a la consulta. La consulta ciudadana se considerará válida con una participación mínima del 40% (unos 1.64 millones de votantes) y si la mayoría apoya la revocación, el gobernador será removido, con lo que el Congreso designaría un interino para completar el periodo constitucional.
La fase de recolección de firmas se habilita un mes antes de cumplirse los tres años de gestión y tendrá un plazo de 30 días para completarse. El Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), en coordinación con el INE, proveerá formatos impresos y electrónicos, verificará en 30 días la validez de los apoyos y hará un muestreo para confirmar autenticidad.
Jara Cruz ha explicado que su motivación es fortalecer la rendición de cuentas y legitimar su mandato ante la ciudadanía, atendiendo la demanda de transparencia y participación directa que emergió en su campaña de 2022.
A nivel federal, la primera revocación fue la del presidente López Obrador el 10 de abril de 2022, con 17.6 millones de votos (por debajo del 40% requerido), por lo que no fue vinculante. En el ámbito estatal, Oaxaca será pionero, aunque antes se presentaron iniciativas similares en entidades como Puebla. En la entidad oaxaqueña, sólo se han usado procesos de terminación anticipada de mandatarios municipales bajo sistemas normativos indígenas, como en San Pedro Yaneri, pero nunca para un gobernante estatal.