La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió tres casos importantes relacionados con el ahorro para el retiro, el uso del espectro radioeléctrico y la supervisión de mercados
Las decisiones, tomadas el 30 de octubre de 2025, establecen cómo debe actuar el Estado frente a empresas y concesionarios en temas que afectan directamente a las personas trabajadoras y usuarias.

Tope a las comisiones de las Afores: se mantiene la regulación
La Corte confirmó que el límite a las comisiones que cobran las Afores -las administradoras que gestionan el dinero del retiro de millones de personas- es constitucional.
Esto significa que las empresas no pueden cobrar libremente las comisiones, sino dentro del rango que marca la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.
El objetivo, explicó el tribunal, es evitar que los trabajadores pierdan parte de sus ahorros por cargos excesivos.

Por ejemplo, si antes una Afore podía fijar su comisión sin control, ahora debe ajustarse al máximo que establece la ley, que está limitada a un máximo de 0.55% sobre el saldo de los activos administrados para 2025
Telecomunicaciones: respeto a permisos otorgados antes de la nueva ley
En otro fallo, la SCJN resolvió que los permisos de radiodifusión y telecomunicaciones otorgados antes de la entrada en vigor de la ley actual seguirán siendo válidos hasta que terminen su periodo original.
Esto quiere decir que las empresas que ya operaban con un permiso previo no están obligadas a migrar de inmediato al nuevo régimen de concesiones, salvo que se trate de concesionarios de radiodifusión, como estaciones de radio o televisión.

El tribunal consideró que esta disposición no genera desigualdad ni incertidumbre legal, sino que mantiene la continuidad de los servicios mientras se actualiza el marco regulatorio.
Competencia económica: la autoridad puede investigar el mercado del gas
Finalmente, la Corte determinó que la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) sí puede solicitar información, pruebas y realizar estudios para evaluar si en determinados sectores -como el mercado del gas- existen condiciones reales de competencia.
Esta decisión valida las facultades de la autoridad para investigar y emitir dictámenes cuando detecte posibles prácticas que afecten a consumidores o distorsionen los precios.

Por ejemplo, la COFECE puede pedir datos a empresas distribuidoras o analizar si unas pocas controlan el mercado, lo que permitiría corregir desigualdades y fomentar precios más justos.