El reparto de utilidades es un derecho constitucional que tienen los trabajadores mexicanos y debe cumplirse en tiempo y forma por parte de las empresas, informó Ramón de la Cruz Ramírez, presidente del Colegio de Contadores Públicos del Estado de Veracruz.
Señaló que las personas morales tienen hasta el 31 de mayo para entregar la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU), mientras que las personas físicas con actividad empresarial cuentan con plazo hasta el 29 de junio.
Aclaró que el pago de este derecho laboral está condicionado a que la empresa haya generado una utilidad fiscal durante el ejercicio anterior, es decir que haya tenido ganancias.
"Aquí es importante aclarar que independientemente de que la PTU es un derecho de los trabajadores, también hay que tomar en cuenta que debe de haber una renta gravamen, es decir, si no hay una renta gravamen, pues no hay reparto de utilidades, independientemente de que sea un derecho", dijo.
Indicó que los trabajadores que no reciban PTU deben solicitar una constancia de declaración fiscal de la empresa para saber si hubo utilidades.
Además en caso de que exista una omisión por parte de las empresas en incumplir con la ley se puede iniciar una queja en las Juntas de Conciliación y Arbitraje ó en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).