El SAT dio a conocer las fechas oficiales para que las personas morales presenten su Declaración Anual 2025, la cual deberá entregarse entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2026.
La institución publicó un comunicado en su página oficial donde detalló los plazos específicos para cada tipo de organización, con el objetivo de que las empresas puedan prepararse con anticipación y evitar contratiempos.
Desde el 1 de diciembre, el SAT habilitó un simulador para quienes tributan en el Régimen General y el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO). Esta herramienta permite revisar la información capturada durante todo el ejercicio fiscal 2025. En términos prácticos, funciona como un "boceto" de la declaración: las empresas pueden ver cómo quedaría su reporte antes de enviarlo, lo que reduce errores y facilita la planeación del pago de impuestos.
Sobre las fechas oficiales, el SAT explicó que las organizaciones en proceso de liquidación tienen como plazo máximo el 19 de enero de 2026 para presentar su declaración correspondiente al ejercicio por liquidación. En palabras simples, si una empresa está cerrando operaciones, deberá cumplir con esta obligación antes de esa fecha. Por su parte, las personas morales sin fines de lucro (como asociaciones civiles o fundaciones) contarán con un plazo mayor, ya que podrán presentar su declaración hasta el 16 de febrero de 2026.

Para el resto de los contribuyentes del Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta, así como para quienes tributan en el Régimen Simplificado de Confianza, la fecha límite será el 31 de marzo de 2026. Este grupo incluye a la mayoría de las empresas que operan en el país, por lo que el SAT recomienda utilizar el simulador con anticipación para validar cifras, saldos y posibles deducciones.
En esta nueva versión de la plataforma, la declaración anual incluye una precarga más completa de información. Entre los datos integrados se encuentran los pagos provisionales realizados durante el año, la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) pagada, así como las retenciones efectuadas por sueldos, salarios, arrendamientos y operaciones bajo RESICO. También se incorporan los CFDI relacionados con devoluciones, descuentos y bonificaciones.
Otro elemento clave es que la plataforma recupera remanentes de ejercicios anteriores, como pérdidas fiscales, pagos al extranjero, dividendos o subsidio para el empleo. Esto significa que las empresas no tendrán que capturar toda la información desde cero, lo que facilita el llenado y reduce errores comunes. Para muchas organizaciones, esta precarga representa la diferencia entre una declaración rápida y una que requiera correcciones posteriores.
El SAT recordó que para enviar la declaración es indispensable contar con e.firma vigente y tener acceso a un servicio de banca electrónica. En caso de obtener un saldo a cargo, el pago deberá realizarse mediante transferencia bancaria en alguna de las instituciones autorizadas para el cobro de contribuciones federales. Esta medida busca garantizar que el proceso sea más seguro y trazable.
Con estas fechas oficiales y herramientas disponibles, el SAT busca que las personas morales puedan cumplir a tiempo con sus obligaciones fiscales. La recomendación principal es revisar el simulador cuanto antes, ya que esto permite anticipar ajustes, identificar inconsistencias y evitar complicaciones conforme se acerquen los plazos establecidos.