La violencia virtual en Guerrero, se aborda principalmente a través de la legislación estatal derivada de la Ley Olimpia, que penaliza y regula la violencia digital.
En la entidad hay 3 tipos de violencia digital que son castigadas en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado.
Tipos de violencia
Violencia digital: difunden imágenes, audios o videos íntimos
Violencia mediática: medios tradicionales promueven estereotipos sexistas
Violencia simbólica: símbolos que normalizan la desigualdad
Fuente: Congreso del Guerrero
Al ser un delito del orden común, tras una denuncia, son los órganos como la Fiscalía General del Estado y la Policía Estatal los encargados de aplicar la ley. No obstante, también órganos estatales pueden intervenir, como el Instituto Estatal de Atención a Víctimas y secretarías de la Mujer, Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas. Estos delitos tienen sanciones de entre 3 a 6 años.
Es importante que si se es víctima se requiere presentar evidencia y una denuncia formal.
Qué hacer si eres víctima o conoces un caso:
Reunir evidencia: capturas de pantalla, links, testimonios, copias del contenido.
Denunciar formalmente: Fiscalía de Delitos Cibernéticos / de Género
Solicitar medidas de protección
Apoyarte en instancias de atención a víctimas
Fuente: FGE
Guerrero cuenta desde abril de 2025 con un marco robusto para enfrentar la violencia virtual, alineado con la Ley Olimpia y la normativa federal. El camino legal está trazado, aunque el reto real es garantizar su aplicación efectiva.