La polémica se encendió en Baja California Sur luego de que circularan en redes sociales videos donde se observa a elementos de seguridad retirando cámaras de videovigilancia instaladas en domicilios particulares. El hecho abrió un debate ciudadano: ¿qué está permitido y qué no según la ley estatal?
De acuerdo con el Código Penal y la Ley de Videovigilancia de BCS, la Comisión Técnica de Videovigilancia únicamente puede ordenar el retiro de equipos a través de una orden judicial o una notificación formal.
La diputada Guadalupe Vázquez Jacinto cuestionó los motivos del operativo y subrayó la necesidad de que estos casos se revisen con transparencia. "Lo que pasó en redes sociales, lo que se ve que están retirando las cámaras de videovigilancia? no sé por qué lo están haciendo, vamos a ver cuáles son las seguridades y cómo podemos coadyuvar para que la seguridad de todos los ciudadanos se vea intachable", expresó.
La legisladora recalcó que los sistemas de cámaras en casas particulares sí están permitidos, siempre que graben únicamente espacios privados, y agregó que existe la posibilidad de que estas se vinculen al C4 de manera voluntaria. "Se puede tener siempre y cuando se pueda vincular al C4. Ojo, no es obligación, pero sí podemos tener como una base de datos sobre quién de los ciudadanos [cuenta con cámaras], porque al momento de tener un hecho delictivo ya tenemos información clara sobre zonas donde podamos obtener evidencia", señaló.
La Ley de Videovigilancia de Baja California Sur establece que los ciudadanos pueden instalar cámaras en sus viviendas siempre y cuando se limiten a captar imágenes de su propiedad y se utilicen para fines de seguridad privada. También se contempla que el material pueda ser entregado a las autoridades en caso de ser requerido. En contraste, la legislación prohíbe grabar espacios públicos como calles, banquetas o parques sin autorización de la autoridad competente, así como difundir imágenes sin permiso de los involucrados.
El especialista en tecnologías aplicadas, Germán Lage, explicó que los propietarios deben ser responsables en el uso de estos sistemas. "Tengo que asegurarme que mis cámaras tengan que ver estrictamente con lo que corresponde a mi propiedad y poner un letrero que diga ?cámara grabando?", puntualizó.
El Artículo 398 del Código Penal de BCS establece sanciones que van de cuatro a diez años de prisión, además de multas de hasta mil UMAS, por el uso indebido de sistemas de videovigilancia.
Tras la indignación ciudadana, la Comisión Técnica de Videovigilancia emitió un comunicado en el que precisó que la instalación de cámaras en domicilios está permitida siempre que cumpla con la normatividad vigente. Sin embargo, el documento no aclaró los motivos por los que agentes retiraron equipos en viviendas particulares. Hasta ahora, la Secretaría de Seguridad Pública no ha ofrecido información al respecto, pese a haber sido consultada por este medio.
El debate se da en un contexto donde la seguridad en los hogares sigue siendo un tema prioritario. Según el Reporte de Incidencia Delictiva del Fuero Común, hasta julio de 2025 en Baja California Sur se abrieron 470 carpetas por robo a casa habitación, una reducción frente a las 594 del mismo periodo de 2024. En cuanto a robos de vehículo, se registraron 169 carpetas, de las cuales el 97.4 por ciento ocurrieron sin violencia.
El caso deja abierta la discusión entre el derecho a la seguridad ciudadana y el respeto a la privacidad, un equilibrio que todavía se busca consolidar en Baja California Sur.