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Impugnación como herramienta electoral
Política

Impugnación como herramienta electoral

Por: Fátima Segovia
León
Fecha: 08-06-2021

La impugnación consiste en expresar inconformidad con las autoridades electorales, para modificar, revocar o anular los actos y las resoluciones que no se apeguen a la legalidad.

La Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral (LGSMIME), establece tres reglas generales para, entre las que destacan:

1) Que durante los procesos electorales todos los días y horas son hábiles.

2) Cuando la violación reclamada no sea durante el desarrollo de un proceso electoral federal o local, el cómputo se hará contando solo los días hábiles, es decir, todos los días con excepción de sábados y domingos y aquellos días inhábiles.

3) Los medios de impugnación deberán presentarse dentro de los 4 días, contados a partir del día siguiente al que se tenga conocimiento del acto o resolución que se reclama.



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