Restricciones a Modalidad 40 del IMSS podrían ser inconstitucionales
Economía

Restricciones a Modalidad 40 del IMSS podrían ser inconstitucionales

Por: Emmanuel Alejandro Zapata López
León
Fecha: 03-11-2026

Las nuevas restricciones a la Modalidad 40 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) podrían ser impugnadas ante los tribunales, debido a que el Consejo Técnico del Instituto no tiene facultades para modificar la Ley del Seguro Social, advirtió Gilberto Chávez Orozco, presidente de la Academia Mexicana del Derecho Procesal del Trabajo.

El especialista explicó que el Consejo Técnico no puede cambiar las reglas establecidas en la ley mediante un acuerdo administrativo, ya que esa facultad corresponde únicamente al Poder Legislativo. Por ello, consideró que las nuevas disposiciones son ilegales e inconstitucionales.

Señaló que las personas que ya están inscritas en la Modalidad 40 conservan sus derechos; sin embargo, quienes todavía buscan incorporarse podrían enfrentar obstáculos para acceder a este esquema.

Advirtió que, si el IMSS rechaza una solicitud de ingreso con base en las nuevas restricciones, los afectados pueden recurrir a un juicio de amparo indirecto ante un juez de distrito en materia administrativa para defender su derecho a incorporarse conforme a lo que establece la ley.


Recomienda valorar el ingreso a Modalidad 40

Chávez Orozco recomendó a las personas interesadas analizar la posibilidad de incorporarse a esta modalidad antes de que se concrete una eventual reforma a la Ley del Seguro Social, la cual, estimó, podría ocurrir en aproximadamente un año.

Reconoció que la Modalidad 40 ha sido utilizada por algunos trabajadores para aumentar sus semanas cotizadas y el salario con el que realizan sus aportaciones, incluso mediante esquemas de financiamiento. Esta situación, explicó, ha generado presiones económicas para el IMSS.

Sin embargo, sostuvo que, aunque el Instituto puede buscar mecanismos para evitar abusos y proteger sus finanzas, no puede imponer cambios que contradigan la legislación vigente.

Insistió en que cualquier modificación a las condiciones de la Modalidad 40 debe realizarse mediante una reforma aprobada por el Congreso y no a través de decisiones administrativas del propio Instituto.



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