El delegado de la Dirección de Trabajo y Previsión Social en la zona norte, Aaron Armenta, exhortó a los empleadores a cumplir en tiempo y forma con el pago de aguinaldos, recordando que la Ley Federal del Trabajo establece como fecha límite el 20 de diciembre.
Armenta señaló que, aunque algunas empresas ya han entregado una parte del aguinaldo, la mayoría aún no ha realizado este pago, lo que podría generar inconformidades entre los trabajadores.
El aguinaldo no es opcional: es un derecho
Subrayó que el aguinaldo es un derecho laboral que debe equivaler a mínimo 15 días de salario cuando el trabajador haya cumplido un año de servicio. En caso de no haber laborado el año completo, el pago deberá ser proporcional al tiempo trabajado.
El funcionario hizo un llamado a los patrones a cumplir con esta responsabilidad, pues el aguinaldo representa un incentivo al esfuerzo anual de los trabajadores, quienes dependen de este ingreso para sus compras decembrinas.
Trabajadores pueden denunciar desde el 21 de diciembre
Indicó que los trabajadores que no reciban su pago antes del 20 de diciembre podrán acudir a la Procuraduría de la Defensa del Trabajador para interponer la queja correspondiente. A partir de esto, la dependencia podrá iniciar un proceso mediatorio o, en su caso, una inspección a la empresa para verificar si el incumplimiento es generalizado dentro de la plantilla laboral.
En situaciones donde un trabajador con más de un año de servicio no reciba el monto equivalente a los 15 días de salario, la Procuraduría realizará el cálculo correspondiente y emitirá una citación a la empresa para exigir el pago completo. De confirmarse el incumplimiento hacia más empleados, se procederá con una inspección extraordinaria.
Multas severas por incumplir
Armenta advirtió que las empresas que no cumplan con el pago de aguinaldos podrán ser sancionadas con multas que van de 50 a 250 UMAs, es decir, desde 738.47 hasta 28 mil 285 pesos.
