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05 de Octubre del 2024
Cultura

¿Vuelo cancelado o retrasado? conoce las compensaciones que debes recibir

¿Vuelo cancelado o retrasado? conoce las compensaciones que debes recibir

Tomar un avión conlleva diversas responsabilidades para el pasajero, como llegar a tiempo al aeropuerto, contar con la documentación necesaria para abordar y asegurarse de que el peso de la maleta no exceda el límite permitido por el boleto. Pero, ¿qué sucede cuando es la aerolínea la que no cumple con lo prometido?


Con la reciente caída de los servicios de Microsoft que provocó retrasos y cancelaciones en aeropuertos, surge la pregunta sobre si existe algún tipo de compensación o cuáles son los derechos que se pueden ejercer como consumidor en caso de afectaciones en el itinerario de vuelo.

Existen distintas situaciones en las que se puede recibir una compensación por parte de las aerolíneas, siempre y cuando ellas sean responsables de la situación. Por ejemplo, si se pierde el vuelo por llegar tarde a la puerta de embarque o por olvidar la fecha del vuelo, no se tendrá derecho a ninguna indemnización.



En México, la Procuraduría Federal del Consumidor (profeco) nos guía al darnos a conocer cuáles son nuestros derechos y está a disposición de nosotros en caso de que no se cumplan las indemnizaciones señaladas a continuación.

En caso de retraso o demora se debe notificar por medios electrónicos o físicos, en el área de abordaje y en los módulo de atención al pasajero; si el retraso o demora es atribuible a la aerolínea, esta debe compensar al pasajero, de acuerdo con lo siguiente:

  • Superior a 1 e inferior a 4 horas: proporcionar como mínimo descuentos para vuelos posteriores hacia el mismo destino y/o alimentos y bebidas.
  • Mayor a 2 pero menor a 4 horas: en el caso de descuento, no debe ser menos al 7.5% del precio del boleto.
  • Demora mayor a 4 horas o cancelación: El reintegro del precio del boleto o la parte no realizada del viaje, más una indemnización no inferior al 25% del precio del boleto o de la parte no realizada del viaje, así como transporte sustituto en el primer vuelo disponible, alimentos y, en su caso, alojamiento terrestre desde y hacia el aeropuerto.

Por otro lado, si te encuentras en una situación donde la aerolínea haya sobrevendido el vuelo y no puedas embarcar, tienes la opción de elegir los beneficios aplicables en caso de cancelación. Además, la aerolínea puede solicitar voluntarios que renuncien a su vuelo a cambio de estos beneficios, e incluso ofrecer compensaciones adicionales que varían según cada aerolínea.

El pago de compensaciones e indemnizaciones debe cubrirse en un periodo máximo de 10 días naturales posteriores a la reclamación, excepto alimentos, bebidas y hospedaje, los cuales deben cubrirse cuando ocurra el retraso, demora o cancelación.






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