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20 de Mayo del 2025
Política

Denuncias de violencia política marcan elección del Poder Judicial

Denuncias de violencia política marcan elección del Poder Judicial

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ha tomado decisiones importantes en el marco del Proceso Electoral Extraordinario para la elección de diversos cargos del Poder Judicial de la Federación 2024-2025, enfocándose en garantizar la equidad y proteger derechos fundamentales durante la contienda


En total, resolvió seis medidas cautelares relacionadas con posibles violaciones al principio de igualdad en la competencia, casos de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (VPMRG) y la defensa del interés superior de la niñez. Además, revisó un informe sobre quejas que fueron desestimadas.


Uno de los casos más relevantes involucró la denuncia de Guillermo Ricardo Salinas Luca contra una candidata a Ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Salinas acusó la difusión de propaganda electoral en varios perfiles de Facebook, señalando que se contrató publicidad en redes sociales con recursos o aportaciones prohibidas, lo que podría afectar la equidad en la contienda.



Tras un análisis preliminar, la Comisión ordenó la eliminación de esas publicaciones en plataformas como "Contra la Mafia del Poder", "Mujeres TransformandoMX" y otras, debido a que se detectó que fueron promovidas para aumentar su alcance sin cumplir con las normas legales vigentes


Aunque la Comisión no se pronunció sobre el posible uso indebido de recursos privados, al considerar que ese aspecto corresponde al fondo del asunto, sí actuó para impedir que la difusión injusta continuara.


En otro episodio, se atendió una denuncia presentada por Carmen Patricia López Valle contra un candidato a Magistrado de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), quien había compartido en sus redes sociales imágenes de una persona menor de edad.


La queja señalaba una posible vulneración al interés superior de la niñez. Sin embargo, la Comisión determinó que las publicaciones ya habían sido eliminadas, por lo que no procedió dictar medidas cautelares, al tratarse de hechos consumados que no podían revertirse.



En cuanto a la Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, se analizaron varias denuncias



Una persona que solicitó la protección de sus datos personales acusó a un medio de comunicación y a quienes resultaran responsables por la difusión de publicaciones y comentarios en redes sociales que, según ella, constituían VPMRG.


La Comisión descartó 68 publicaciones por no mencionar a la denunciante o carecer de elementos que configuraran violencia política de género. Sin embargo, en 22 publicaciones sí encontró expresiones ofensivas y comentarios que reforzaban estereotipos de género, por lo que ordenó a la red social X y a varios usuarios retirar esos contenidos.


Otra candidata a Jueza de Distrito en Morelos denunció a Edgar Martínez Arroyo y a responsables de dos publicaciones en Facebook que, según ella, contenían expresiones que podrían dañar su imagen y generar una campaña negativa en su contra por razones de género.



Tras un análisis preliminar, la Comisión concluyó que esas publicaciones formaban parte del debate público y no ameritaban medidas cautelares, ya que no se encontraron elementos suficientes para considerar que constituían violencia política



De manera similar, una candidata a Jueza de Distrito en Baja California presentó una queja contra Cindy Alejandra Lara Gómez por la difusión de una publicación en X que, a su parecer, contenía información falsa, uso no autorizado de datos personales y tenía la intención de afectar su reputación profesional.


La Comisión determinó que no procedían medidas cautelares porque la publicación ya no estaba visible y porque la tutela preventiva no aplica para hechos futuros inciertos.


Finalmente, se atendió una denuncia relacionada con la participación de una candidata a Jueza de Distrito en la Ciudad de México en un programa de radio llamado "Luchando por la Justicia". La quejosa argumentaba que esta aparición podría representar una adquisición indebida de tiempo en radio y afectar la equidad en la contienda al darle mayor exposición.


La Comisión, sin embargo, consideró que la participación en el programa no equivale a la compra de tiempos ni viola el principio de igualdad, ya que no se identificaron llamados explícitos al voto ni elementos que constituyeran propaganda electoral





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