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03 de Mayo del 2024
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Hasta 6 años de prisión por terapias de conversión

Hasta 6 años de prisión por terapias de conversión

Esta mañana la Comisión de Administración y Procuración de Justicia en el Congreso del estado, aprobó por mayoría la creación del artículo 142 ter, que será integrado al código Penal del estado para castigar con penas de dos a seis años a quienes promuevan o practiquen terapias de conversión. Además establece multas que van de 250 a 2 mil veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). En los casos de que las víctimas sean menores de edad o personas con alguna afectación mental, la penas irán hasta los 12 años de cárcel 12 años. El dictamen fue resultado de 8 mesas de trabajo en las que participaron psicólogos, activistas, La Defensoría de los Derechos Humanos, la Fiscalía, académicos, respresentantes de la Diócesis y asociaciones civiles relacionadas con el tema, informó el diputado Guillermo Vega Guerreo. Se dijo que además las penas aplican a personas físicas y morales que promuevan o practiquen dichas terapias; incluso a padres de familia que internen a sus hijos en un lugar de estos. El argumento legal para tipificar como delito las "terapias reparativas", fue que son violatorias de Derechos Humanos y fomentan la discriminación ante el derecho libre determinación de la personalidad.





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