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04 de Mayo del 2024

Sociales

No es aplicable Ley que regula el "sexting"

Por: Midory Edith Becerra
S. Luis R. Colorado
06-09-2018

El "sexting" consiste en el envío de contenidos de tipo sexual principalmente en fotografías o vídeos de una persona a otra por medio de teléfonos o Redes Sociales, esto usualmente ocurre de forma voluntaria y aunque existen casos en los que el contenido de este tipo es robado y publicado en Internet, todavía no existe una Ley que sancione estos actos, ha no ser que la persona involucrada sea menor de edad.


Víctor Acosta Cid, abogado litigante y académico, comenta que existen casos que afectan a menores de edad como lo es pornografía infantil o abusos deshonestos que atentan contra la libertad sexual de las personas, sin embargo, el "sexting" como tal con la propuesta que se presentó en agosto en el Congreso del Estado no quedó terminada y no fue elevado a tipo penal, es decir, no es un delito en este momento ya que se podrá tener otro tipo de sanciones pero penalmente no.


Entre adultos la sanciones serán de tipo civil que también están reguladas y, a pesar de no ser de tipo penal, algunas son fuertes ya que existe un daño moral.


Actualmente no se han recibido casos en el departamento de Salud Pública Municipal con casos de personas que hayan sido víctimas de este tipo de actos, sin embargo cuando se tienen uno se debe de trabajar principalmente con el autoestima y retirar a la persona de todo contacto de Internet para evitar que pueda ver comentarios y burlas que las personas puedan hacer al respecto.


En otras ciudades se tienen registros de casos en el cual las personas afectadas entran en un estado de  depresión extrema y deciden quitarse la vida, por ello es importante hacer conciencia en los jóvenes que es en donde más se presenta para evitar que realicen este tipo de actos y aun que ocurre en todo nivel social las mujeres son las que se ven más afectadas.





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