El indignante asesinato violento en Juchitán de Zaragoza, de Noelia, niña de 4 años, quien previamente fuera reportada como desaparecida ha causado consternación social y una exigencia legítima de poner un alto a la violencia hacia las niñas.
Lamentablemente en Oaxaca, de acuerdo con el monitoreo de violencia feminicida de GESMujer, en lo que va de este año suman 79 mujeres asesinadas, de la totalidad de asesinatos violentos ocurridos, un 13% corresponde a niñas y adolescentes menores de 18 años.
Para el Grupo de estudios sobre la mujer Rosario Castellanos, monitorear el feminicidio infantil en Oaxaca, tiene el objetivo de señalar aquellos aspectos que requieren atención urgente por parte de las autoridades. Nombrar una problemática, colocarla en el centro de la agenda pública, permitirá exigir acciones orientadas a su prevención, atención y erradicación.
Resaltar que el poder de la opinión pública ha sido un mecanismo de presión para el actuar de las autoridades, otras dos mujeres, una de ellas la madre de Noelia también fueron víctimas de la violencia feminicida que, además, coloca a la región del Istmo con un 29% en el primer lugar a nivel estatal de violencia hacia niñas y mujeres.
La Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes establece el derecho de acceso a una vida libre de violencia y a la integridad personal, sin embargo, este derecho no ha sido respetado para niñas y adolescentes asesinadas de manera violenta. Estos datos, más que estadísticas, representan vidas arrebatadas, indignación y dolor para sus familias, una muestra de ineficiencia por parte de las instituciones encargadas de su protección y como sociedad un atentado contra nuestro futuro.
Ante el feminicidio infantil urge acciones de Estado
Ante una violencia feminicida que afecta a las niñas y adolescentes, los protocolos especializados en la investigación del delito de feminicidio deben contener un apartado especial para este grupo, que además de un enfoque de género contemple la condición de edad, pues urge visibilizar esta problemática a fin de generar acciones de alto impacto para su prevención, atención y erradicación.
El Estado Mexicano tiene obligaciones derivadas de la Convención Internacional de los Derechos del Niño y el artículo 19 de la Convención Americana, además de que el término de debida diligencia debe reforzarse cuando es menor de edad, aplicando el principio superior de la infancia contenido en el artículo tercero constitucional, a fin de que guie las practicas policiales, ministeriales y judiciales.