La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó el 17 de junio de 2025 que ni los congresos estatales ni los ayuntamientos pueden cobrar impuestos por la instalación de postes, antenas y ductos de telecomunicaciones, pues esta competencia es exclusiva del gobierno federal, a través del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).
Las empresas del ramo han advertido que, pese a esta resolución, persisten intentos de gravar el uso de suelo y derechos de vía, lo que encarece y retrasa proyectos de despliegue de redes, sobre todo de fibra óptica y 5G: soterrar un kilómetro de fibra puede costar hasta 650,000 pesos, contra 80,000 para tendido aéreo, sin contar ya impuestos locales. En Oaxaca, 101 de los municipios hay presencia de un solo operador como proveedor de accesos de banda ancha fija, el 39 por ciento de estos municipios (39 municipios) registran accesos de cable coaxial y/o fibra óptica, mientras que en el 61% de los municipios se proveen servicios de banda ancha fija a través de otro tipo de tecnología.
La decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre las controversias constitucionales, da referencia para los gobiernos de los 2,477 municipios que componen México.
Ésta indicó que el Instituto Federal de Telecomunicaciones es todavía la única autoridad con facultad constitucional para regular el aprovechamiento del espectro radioeléctrico y para otorgar o revocar concesiones de redes de telecomunicaciones y estaciones de radiodifusión, con lo que la Suprema Corte declara que los municipios no están facultados para cobrar impuestos por los despliegues de infraestructura para servicios de telecomunicaciones.
La batalla por el cobro de impuestos a las telecomunicaciones pone en evidencia los despliegues entre autoridades municipales incentivadas por los recursos de un mercado regulado a nivel federal.