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23 de Abril del 2024
Política

Revocan candidatura a morenista por no acreditar ser indígena

Revocan candidatura a morenista por no acreditar ser indígena

Por no acreditar de manera fehaciente la autoadscripción indígena, el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) revocó el registro de Francisco Javier Niño Hernández como candidato propietario de Morena a diputado local por el distrito electoral 03, con cabecera en Loma Bonita, porque no dijo a qué pueblo originario pertenece o es descendiente.

Al mismo tiempo, ordenó a Morena que rectifique la candidatura y presente una nueva postulación dentro del plazo de 48 horas siguientes a la notificación de la presente sentencia.

En el desahogo del Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano, identificado con la clave JDC/134/2021, se advirtió que de la revisión a la solicitud de registro se observó que el ciudadano inscrito no se autoadscribió como indígena.

"El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) revocó el registro del ciudadano Francisco Javier Niño Hernández, como candidato propietario de MORENA a diputado local por el distrito electoral 03, con cabecera en Loma Bonita, Oaxaca; ya que no se encuentra acreditada, de manera fehaciente, la autoadscripción indígena que aludió este partido ante el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO)."

Además, en el escrito de manifestación de autoadscripción indígena presentado con posterioridad, se constató que el aspirante no refirió de qué comunidad indígena es originario o descendiente.


Con el voto en contra de la magistrada presidenta Elizabeth Bautista Velasco, el pleno argumentó que Niño Hernández dijo haber nacido y tener una residencia por más de 40 años en la ciudad de San Juan Bautista Tuxtepec.

Sin embargo, no demostró ser originario o pertenecer a una comunidad indígena, aunado a que el municipio en el que radica no se ubica dentro del Distrito Electoral Local 03, al que pretende representar.

Por tal razón, el TEEO revocó el acuerdo IEEPCO-CG-45/2021 emitido por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral, ya que esta autoridad omitió realizar el análisis de las documentales presentadas por Morena para acreditar la autoadscripción indígena calificada de la persona postulada como candidato y, en consecuencia, incumplió con el deber de motivar su determinación.





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