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01 de Mayo del 2025

Ecología

¿Ha avanzado en Tehuacán la prohibición de la pirotecnia?

Por: Alejandra Pacheco Reyes
Tehuacán
22-01-2025

El 6 de mayo del 2019 se acordó por cabildo la actualización del Reglamento Municipal de Protección Ambiental de Tehuacán, que contempla entre otras nuevas disposiciones, la prohibición del uso de pirotecnia, la publicación se realizó el 19 de julio del 2019, pero sería hasta el 2020 que este entraría en vigor.

Es el artículo 127 el que establece "En el territorio municipal queda prohibido detonar cohetes, fuegos pirotécnicos u otro similar; que ocasionen ruido, estruendo o vibraciones." Además se establecen multas de 20 a 20 mil Unidades de Medida de Actualización a quien incurra en ello.

Pasaron 3 años y 9 meses a partir de ello, cuando en septiembre del 2023, tras no respetarse el reglamento municipal, incluso por las propias autoridades locales, Tac, "Una Protección al Entorno" promovieron un amparo contra la detonación de pirotecnia, el 29 de abril del 2024, a Jueza Cuarto Distrito en materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla, dictó la sentencia definitiva 1587/2023, que prohíbe el uso de fuegos artificiales en el municipio de Tehuacán y sus 12 juntas auxiliares, convirtiéndose en la primer demarcación a nivel nacional en avanzar contra el uso de pirotecnia, reconociendo el daño al medio ambiente, salud y animales.


"La pirotecnia está prohibida en Tehuacán y no por un amparo, en primer lugar por el reglamento ambiental, eso es muy importante, cuando se detona pirotecnia en Tehuacán se está incumpliendo la ley? lo que hacemos es promover un amparo para recordarle al gobierno que está prohibida la pirotecnia y entonces obtenemos una suspensión a la detonación de pirotecnia en Tehuacán" -David Vázquez Maldonado abogado representante legal de TAC


Por otra parte el reglamento de Protección Civil del Municipio de Tehuacán, desde su última actualización del 27 de abril del 2012, regula la quema y venta de juguetería pirotécnica en su Sección Quinta, del artículo 104 al 108, donde se establece entre otras cuestiones, la prohibición de venta a menores de edad, los lugares prohibidos para la venta y la necesidad de contar con una autorización por parte del departamento para la quema.


La venta de pirotecnia está prohibida en:

El primer cuadro de la ciudad

Mercados y tianguis

Establecimientos/ inmuebles sin medidas de seguridad

Otros que por ubicación condiciones y características sea un peligro

Reglamento Protección Civil 


¿Se ha cumplido la prohibición de la pirotecnia?


Para finales de noviembre del 2024 se informó la existencia una carpeta de investigación por incumplimiento contra la administración 2021-2024 ante la Fiscalía General de la República, mientras que el ayuntamiento actual ya suma 5 procesos por incumplimiento a la sentencia de amparo.





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