La Ley General de Movilidad y Seguridad Vial del país, reformada en 2023, establece la Jerarquía de la Movilidad en su artículo 6, la cual busca que "la planeación, diseño e implementación de políticas públicas, planes y programas en materia de movilidad favorezcan en todo momento a personas o grupos en situación de vulnerabilidad y sus necesidades, garantizando la prioridad en el uso y disposición de las vías"; en ella los ciclistas y vehículos no motorizados ocupan el segundo lugar en nivel de prioridad.
Jerarquía de la Movilidad (hacer en forma de pirámide)
Peatones, personas con discapacidad y movilidad limitada
Ciclistas y vehículos no motorizados
Usuarios y transporte público
Prestadores de servicios (transporte y distribución)
Vehículos motorizados particulares
Fuente Ley General Art 6
Por otra parte la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Puebla, reformada recientemente en febrero de este 2025, dedica una sección a las personas ciclistas, en el cuál se establece, entre otras cuestiones que, este sector tiene derecho a contar con una movilidad segura y preferencial, estacionamientos en vía pública, espacios asignados para su circulación, transitar en el sentido de la circulación vehicular, rebasar por el carril izquierdo cuando el tránsito este detenido y colocarse en un lugar visible para retomar su marcha, contar con aditamentos luminosos o bandas fluorescentes, indicar su giro o cambio de carril con el brazo, gozar de las distancias adecuadas entre vehículos, así como respetar la preferencia de peatones y personas con discapacidad.
"la ley de movilidad nacional ya se cambió, la ley de movilidad estatal ya se cambió y acá en el municipio apenas están intentando reformar este reglamento"... "este vigente reglamento no considera está jerarquía de la movilidad todavía tenemos esta mentalidad de que el auto tienen total prioridad en el tránsito y no es así" -Epifanía Martínez usuaria de bicicleta
¿Y en Tehuacán?
Aunque las leyes de movilidad nacional y estatal, han avanzado en cuanto a las normativas y derechos para ciclistas, fomentando calles e infraestructura vial más inclusiva, en Tehuacán el Reglamento de Tránsito Municipal ya es obsoleto, pues fue publicado en 2009 y su última reforma fue en 2011. Dentro de su contenido solo un artículo, el 24, es dedicado a la circulación de bicicletas y otros vehículos no motorizados de propulsión humana, en él se establece que estas unidades deben circular en buen estado, contar con claxon o campana, con luz blanca en la parte delantera y roja en la parte posterior, circular por la derecha; viajar en ella máximo 2 personas, menores acompañados de un adulto y prohíbe asirse o sujetarse a otro vehículo en tránsito.
"Desde 2015, 2013 metimos oficios señalando que se necesitaba una actualización del reglamento de tránsito"... "los que andan en bici, en moto, en auto, los peatones, necesitamos seguir conociendo más acerca de nuestros derechos para poder ejecutarlos" -Raquel González representante Tehuacán en Dos Ruedas
Por lo poco que el Reglamento de Tránsito Municipal, todavía vigente, abarca sobre los usuarios de bicicleta y la gran movilidad de ellos en el municipio, es indispensable la actualización, proyecto en el que ya se trabaja por parte del gobierno local, pero ¿Se ha escuchado la voz del sector y sus necesidades?