De acuerdo con el Código Penal del Estado, los delitos pueden ser dolosos o culposos. Se describe como una conducta o acción con dolo cuando se ejecuta con intención o ya se tenía previsto el resultado y aun así se realizó, mientras que una conducta culposa es considerada cuando el resultado no se previó o había confianza de que no se produciría.
-Artículo 13: La conducta es dolosa, si se ejecutó con intención y coincide con los elementos del tipo penal o se previó como posible el resultado típico y se quiso o aceptó la realización del hecho descrito por la Ley.
-Artículo 147: La conducta es culposa, si se produce el resultado típico, que no se previó siendo previsible, o previó confiando en que no se produciría, en virtud de la violación de un deber de cuidado que debía y podía observar según las circunstancias y condiciones personales.
Fuente Código Penal del Estado de Puebla
Al igual que el resto de los delitos, incluyendo los delitos contra los animales también pueden ser clasificados como dolosos y culposos, sobre todo casos como atropellamientos de mascotas, sin embargo, esto no los exime de afrontar una sanción.
El Código Penal del Estado de Puebla, cualquier tipo de lesión provocada a los animales alcanzan penas de 10 meses a 4 años de prisión o multas de 50 a 300 Unidades de Medida de Actualización (UMAS), si las lesiones ponen en riesgo la vida del animal las multas se incrementarán a la mitad, pero si provocan la muerte del animal la pena puede alcanzar de 5 a 8 años de prisión y de 200 a 500 UMAS.
"y si la ley puede sancionar a cualquier persona, sea quien sea, por un delito de maltrato animal, en este caso que hablamos de los atropellamientos" "muchas veces las personas se quieren zafar diciendo que no fue intencional, recordemos que un delito puede ser doloso o culposo, y esto no quiere decir que no se haya cometido, o que el perrito no haya sufrido maltrato o crueldad animal" -Catalina Aguilar, representante legal TAC Una protección al entorno
Con base a los casos de Tehuacán y la región, a los que ha dado seguimiento la asociación protectora Tac, la mayor parte de atropellamientos de animales de compañía son cometidos por conductores y unidades del transporte público, en segundo lugar, se ubican los accidentes de este tipo provocados por funcionarios públicos a cargo de unidades oficiales, principalmente patrullas y en tercer lugar los cometidos por conductores particulares.
Responsables de atropellamientos de mascotas en la región
60% son transporte público
39% funcionarios públicos
1% particulares
Fuente TAC Una Protección Al Entorno
"La mayoría de las personas ve a los animales como seres inferiores al humano, al verlos como seres inferiores... no sienten no son iguales a mí por lo tanto no tienen los mismos derechos" "si matan a un animalito atropellándolo, amerita cárcel" -Rocío Huerta presidenta Ética por los Derechos de los Animales
Si bien han existido casos captados en video donde se percibe aparentemente dolo en el atropellamiento de mascotas, una situación frecuente en casos de este tipo es que los responsables no detienen su marcha, huyen del lugar y hasta agreden verbalmente a quienes buscan que se responsabilicen de sus acciones, justificándose en que el accidente no fue intencional. ¿cuál es la correcta forma de actuar en un accidente no intencional?