La Ley de Amparo, en su última actualización del 2024, en su capítulo III, artículos 262 y 267, tipifica como delito el no dar cumplimiento a los mandatos u órdenes dictadas en materia de amparo, el incumplir una sentencia de amparo o no hacerla cumplir, por parte servidores públicos y/o autoridades, delitos que son sancionados con una multas económicas, inhabilitación o prisión.
Sanciones Ley de Amparo:
Artículo 262
De 3 a 9 años de prisión o inhabilitación
De 50 a 500 días de salario
Artículo 267
De 5 a 10 años de prisión o inhabilitación
De 100 a mil días de salario
"No se puede decir "es que yo apenas entré yo no sabía o yo no estoy obligado", yo creo que al ayuntamiento le falta personal pero además le falta coordinación, y ahora que están las elecciones de las juntas auxiliares ellos también están obligados a cumplir la resolución" -Tomás Calderón Alfaro, abogado
En la sentencia contra el uso de pirotécnica en Tehuacán 1587/2023 (abril 2024), responsabilidad se atribuye a toda autoridad (diferentes órdenes), pero directamente al área de Ecología local y su facultad para hacer valer el reglamento local de Protección Ambiental, y a Seguridad Pública, pues el Bando de Policía y Gobierno de Tehuacán, artículo 47 y 58 fracción IV, faculta a policías municipales para asegurar en flagrancia a quienes cometan actos que tengan apariencia de delito, recordando que el incumplimiento a la suspensión contra la pirotecnia es un delito federal respaldado por la Ley de Amparo.
¿Cómo han incumplido las autoridades locales la prohibición de pirotecnia?
Grabación llamada al 911 por ciudadana:
-911, ¿Cuál es su emergencia?
-Buenas noches señorita, quisiera reportar la prendida de un viejito de pirotecnia
-Es con Protección Civil
-Tenía entendido que es al 911 y de ahí se levanta el reporte
-No, es con Protección Civil
-¿Me podría proporcionar el número de Protección Civil por favor?
-238 383 22 25
Al llamar al numero proporcionado la linea no estaba disponible.
El 1 de enero 2025 un ciudadana reportó la quema de un viejito con cohetes ante 911, la operadora negó la atención, pidió reportarlo ante Protección Civil, la línea de Protección Civil no estaba disponible, este fue solo uno de reportes ciudadanos acusando la desatención de las autoridades. La organización Tac, estima que en el 90% de los reportes acumulados en diciembre por quema de pirotecnia, los ciudadanos intentaron llamar primero a Ecología, 911 o Protección Civil , pero no recibieron respuesta.
"Pero no solo corresponde al área de Ecología, no basta con que digan o declaren que les hace falta personal o que no les da tiempo de llegar a todas partes, si hubiera realmente una acción integral, desde un inicio, no hubiera detonación de pirotecnia, el día que no haya detonación de pirotecnia nosotros lo vamos a reconocer, vamos a decir que hubo un cumplimiento a la sentencia y un cumplimiento a la suspensión, no basta con que el 911 responda el teléfono sino que lo atiendan, que lleguen, que remitan a la persona a Seguridad Pública"que lo multan y exhiben esas multas" -Catalina Aguilar representante de TAC, una protección al entorno
Para atender la prohibición de pirotecnia se requiere que existan acciones integrales por los diferentes departamentos, que el municipio aporte las herramientas, recurso humano y estrategias para impedir la detonación, iniciando desde las medidas adecuadas para evitar la venta, agotando todas las posibilidades con voluntad política.