El Ayuntamiento de Tepic aclaró que el cobro por horario extraordinario no aplica a comerciantes de la vía pública, como taqueros o vendedores semifijos, tras la desinformación difundida en redes sociales durante el fin de semana, la titular del Departamento de Funcionamiento de Negocios, Marcela Hernández Elías, explicó que dicho cobro está dirigido exclusivamente a negocios establecidos con licencia de funcionamiento y tarjeta de identificación de giro.
Durante una reunión con comerciantes, autoridades municipales explicaron que este cobro está sustentado en el reglamento de 1992 y en la Ley de Ingresos estatal, y aplica solo a quienes deciden operar fuera del horario ordinario (de 6:00 de la mañana a 9:00 de la noche), su monto varía según las horas, días y meses que cada establecimiento solicite.
Uno de los casos que generó confusión fue el de una taquería que trabaja casi 24 horas los 365 días del año, situación atípica cuya cotización fue malinterpretada como tarifa general; Hernández Elías recalcó que cada negocio recibe una cotización individual según su operación.
La funcionaria señaló que este cobro no es nuevo, pues existe desde hace más de ocho años, afirmó que la polémica fue provocada por un solo establecimiento que históricamente ha incumplido con la normatividad, incluso durante la pandemia, y que ahora difundió información falsa.
Finalmente, el Ayuntamiento reiteró que los comerciantes de la vía pública tienen un régimen distinto basado en permisos, no licencias, y que quienes deseen regularizar pueden acceder a convenios de pago sin recargos si se acercan a tiempo.