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20 de Abril del 2024
Salud

Comienza segunda etapa de la aplicación de la NOM 035

Comienza segunda etapa de la aplicación de la NOM 035

El 23 de octubre del 2019 se puso en marcha la implementación de la primera etapa de la Norma Oficial Mexicana 035 que tiene por objeto establecer las condiciones básicas y necesarias de trabajo de seguridad, medio ambiente y salud. Esta etapa fue de difusión. Sin embargo, a partir del 23 de octubre de este 2020, en la segunda etapa, las empresas deberán reconocer, estudiar y evaluar el entorno organizacional.

Es decir, las empresas están obligadas a prevenir "los trastornos de ansiedad, alteraciones del ciclo sueño-vigilia, estrés grave y de adaptación, derivado de la naturaleza de las funciones del puesto de trabajo, el tipo de jornada y la exposición a acontecimientos traumáticos severos o a actos de violencia laboral" ocasionados por:

  • Cargas de trabajo cuando exceda la capacidad del trabajador.
  • Jornadas de trabajo superiores a las previstas en la Ley Federal del Trabajo
  • Rotación de turnos sin periodos de recuperación y descanso.
  • Interferencia en la relación trabajo-familia.
  • Liderazgo negativo.
  • Relaciones negativas en el trabajo.

Tras la evaluación los empleadores deberán instaurar las medidas y acciones de control; como por ejemplo: 

  • Establecer y difundir en el centro de trabajo una política de prevención de riesgos psicosociales.
  • Evaluar el entorno organizacional.
  • Practicar exámenes médicos a los trabajadores expuestos a violencia laboral y/o a los factores de riesgo psicosocial.
  • Difundir y proporcionar información a los trabajadores.

El incumplimiento de esta norma oficial mexicana significaría hacerse acreedor a multas de entre 26 mil 767 pesos hasta 535 mil 350 pesos.






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