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28 de Marzo del 2024
Ecología

Denuncian daño en arbolado de avenida insurgentes

Denuncian daño en arbolado de avenida insurgentes

Ciudadanos de Tepic alertaron a las autoridades sobre el atentado que sufrieron varios árboles de la capital nayarita. Se trata de 7 árboles (6 amapas y una plumería) ubicados en Avenida Insurgentes casi esquina con avenida Universidad, mismos que se visitaron y se detectó que 5 de ellos se encuentran severamente dañadas y 2 más murieron. La causa fue un aparente envenenamiento de sus sistema radicular, lo que pudieron constatar por el olor que despedía el suelo cercano, donde derramaron alguna sustancia para secarlos. La recuperación de estos árboles es prácticamente imposible debido a lo avanzado del daño. 

En este caso el Ayuntamiento dio aviso a la Procuraduría Estatal del Medio Ambiente quienes se encargarán de continuar la investigación y de iniciar con los procedimiento jurídico administrativos necesarios contra quienes resulten responsables por este atentado al patrimonio natural de los y las tepicenses.

Respecto a un segundo reporte del derribo de un espécimen joven de acacia en el centro de la ciudad, se trató de un derribo a causa del viento provocado por las lluvias del pasado 12 de septiembre.

SANCIONES CONTRA QUIEN DAÑE ARBOLADO PÚBLICO

El artículo 78 de la Ley de protección, fomento y conservación del arbolado público del estado de Nayarit prohíbe que se dañe el arbolado para proporcionar visibilidad a anuncios espectaculares, lo que se sospecha motivó el daño a los árboles de av. insurgentes y el culpable puede ser sancionado administrativamente por el estado o el municipio mediante una:

  • I. Amonestación con apercibimiento;
  • II. Multa especificada en Unidad de Medida de Actualización;
  • III. Arresto hasta por 36 horas;
  • IV. Clausura temporal o permanente, parcial o total, y
  • V. Las demás que se señalen en los reglamentos respectivos.

Mientras que el artículo 80 establece que quien dañe a un árbol podría hacerse acreedor a una multa de entre 781.92 pesos y 12 mil 945.12 pesos o de entre 2 mil 519.52 pesos y 129 mil 885.60. El monto se determinará considerando

  • I. El daño ocasionado;
  • II. La intencionalidad o negligencia del infractor para cometer la infracción;
  • III. La gravedad de la infracción;
  • IV. Las condiciones económicas del infractor, y
  • V. Reincidencia en el supuesto que la hubiere.











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