El Congreso del Estado de México analiza una iniciativa promovida por la Gobernadora Delfina Gómez Álvarez que busca obligar a las unidades económicas con servicio de estacionamiento público a otorgar 60 minutos gratuitos a sus usuarios, sin condicionarlos a un consumo mínimo. La propuesta legislativa contempla además garantizar el acceso libre a los sanitarios en establecimientos comerciales para cualquier persona, sin exigir la compra de bienes o servicios.
Alcance de la medida, exenciones y sanciones
La reforma al Código Administrativo y a la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México contempla a centros comerciales, supermercados, hospitales privados, escuelas, restaurantes, cines y hoteles. La norma exceptúa a aquellos establecimientos cuya actividad única sea el alquiler de estacionamiento y no formen parte de un inmueble comercial o contiguo. Asimismo, fija la obligación de reservar espacios preferentes señalizados para personas con movilidad reducida.
Para los negocios que incumplan con la gratuidad de la primera hora o el uso de sanitarios, el proyecto prevé sanciones económicas calculadas por el número de cajones o multas que van de 40 a 50 Unidades de Medida y Actualización (UMA), equivalentes a montos de entre 4 mil 692 pesos y 5 mil 865 pesos.

"Una tolerancia temporal no elimina la posibilidad de obtener una retribución por el servicio, pues el cobro puede realizarse una vez concluido el periodo gratuito", sustenta el documento citando criterios del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa sobre la regulación del espacio urbano y la economía familiar.
Argumentación sobre derechos de uso de sanitarios
En cuanto al libre acceso a las instalaciones sanitarias, la iniciativa establece que los establecimientos deberán mantener condiciones higiénicas óptimas y suministrar insumos básicos como agua, jabón y papel higiénico. El planteamiento argumenta que el uso de los sanitarios responde a una necesidad biológica vinculada con la dignidad humana y la salud pública, por lo que no debe estar condicionado a la capacidad económica ni al estatus de cliente de los transeúntes.
En la misma sesión de la LXII Legislatura, se turnó a comisiones la propuesta del Ejecutivo estatal para modificar la Ley Orgánica Municipal y cambiar la denominación oficial del municipio de Atizapán por el de Santa Cruz Atizapán, derivado de una consulta popular efectuada en dicha localidad.