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SCJN avala embargo de cuentas Afore  deudores alimentarios desempleados
DD. HH.

SCJN avala embargo de cuentas Afore deudores alimentarios desempleados

Por: KARLA DEL VALLE
Toluca
Fecha: 06-08-2025

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que, en casos específicos, sí es legal embargar hasta el 10?% de los ahorros acumulados en las cuentas Afore de personas que se encuentren desempleadas, que adeuden pensión alimenticia, siempre y cuando no cuenten con otros bienes que garanticen el cumplimiento de dicha obligación.

Esta decisión se basa en el principio de que el derecho a la alimentación de niñas, niños y adolescentes prevalece sobre el derecho patrimonial del deudor, incluso si éste se encuentra en condición de desempleo. La resolución establece que el embargo puede aplicarse únicamente cuando exista una orden judicial, resultado de un proceso en el que se haya comprobado el incumplimiento y la falta de recursos líquidos del deudor.

El fallo de la Corte se alinea con la creciente urgencia por reforzar mecanismos legales que garanticen el cumplimiento de las obligaciones alimentarias. De acuerdo con datos del INEGI y del Poder Judicial, el incumplimiento de pensión alimenticia es uno de los delitos más denunciados en los tribunales familiares del país, afectando principalmente a hogares encabezados por mujeres y con consecuencias directas en la educación, salud y bienestar de los menores.



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