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Aprueban senadores reforma a la Ley de Amparo
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Aprueban senadores reforma a la Ley de Amparo


El Senado de la República aprobó con 70 votos a favor y 39 en contra la reforma a la Ley de Amparo..

Como ha ocurrido desde que Morena llegó al poder en 2018, las modificaciones se aprobaron de manera vertiginosa o fast track, a pesar de que estos cambios deforman el sentido del Juicio de Amparo, el instrumento jurídico más importante de los ciudadanos para defenderse de las arbitrariedades del gobierno en turno.

El problema es que de nueva cuenta la mano del tabasqueño Adán Augusto López se hizo presente, envió al senador Manuel Huerta Ladrón de Guevara para introducir un artículo transitorio que obligará a que todos los amparos que ya estén presentados se revisen con la nueva legislación, a pesar de que se trata de una violación constitucional.

"Con esta modificaciones se cierran esas puertas de impunidad y se abre camino a un cumplimiento efectivo de las sentencias, este es el verdadero sentido de la cuarta transformación en la justicia, que los derechos del pueblo se cumplan sin simulaciones, que la ley no se use como escudo de privilegios y que la justicia deje de ser eterna promesa para convertirse en realidad, fíjense ustedes ni duende, ni niño artillero, ni vengo a dinamitar nada, sé lo que vengo a plantear aquí y sabía que algunos iban a empezar que esta modificación implica una aplicación retroactiva de la ley, prohibida por el 14 constitucional que señala con claridad que a ninguna ley se le dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna, sin embargo no es el caso", afirmó en tribuna el veracruzano.

Los senadores aprobaron reformar el artículo cinco de la ley para incluir la legitimación colectiva para presentar un amparo, sin embargo, dejaron vivo el tema de demostrar que se causa un daño real y actual, pues en casos como los ambientales o de salud, los efectos se notan después de años de una mala decisión?

En el caso de los créditos fiscales, es decir cuando las deducciones de una empresa son mayores que sus ingresos gravables, la compañía puede pagar hasta en 10 años, pues si le cobran ya no podrá ampararse para evitar que el cobro ponga en riesgo su inversión, sino hasta que los bienes salgan a remate, ahí es donde podrá pedir que se detenga.

La aprobación, advierte la senadora Carolina Viggiano rompe con la protección que brindaba el amparo. "Su relevancia radica en que desde su origen fue concebido para limitar los abusos de poder y garantizar que ninguna autoridad esté por encima de la Constitución. Sé que hoy dicen no se va a quitar el Juicio de Amparo. Claro, no se va a quitar, se va a restringir la admisión, se va a restringir la suspensión, se va a restringir la ejecución de la sentencia. En conclusión, dejan al pueblo desamparado".

En la ejecutoría de amparo, se suprimieron los párrafos del artículo 192 en los que se eliminaban las sanciones contra las autoridades responsables de hacer cumplir la sentencia de amparo. Tampoco se traslada esa responsabilidad a las instituciones a las que pertenezca el funcionario que caiga en desacato. Los propios legisladores morenistas reconocieron que ese párrafo obligaba a usar recursos públicos para cubrir a funcionarios irresponsables o que desafiaran la sentencia judicial.




Se amplió el plazo para una sentencia del juicio de amparo pasará de 60 a 90 días naturales, de acuerdo con la redacción propuesta para el artículo 124 de la ley.

La Ley de amparo fue concebida por el jurista Manuel Crescencio García Rejón, quien la presentó para la constitución de Yucatán en 1840 Mariano Otero logró que se adoptara a nivel federal en 1849 y la ley reglamentaria se promulgó durante la presidencia de Benito Juárez.

Es decir, la segunda transformación se encuentra en riesgo en la cuarta transformación, como divide la historia el morenato.



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