El caso de Carlos Gurrola, conocido como El Papayita, abrió el debate sobre un problema que afecta a miles de personas en México: el acoso, hostigamiento y la violencia en los espacios laborales.
De acuerdo con cifras del INEGI, 44 de cada 100 personas trabajadoras en el país han vivido situaciones de acoso laboral, según datos de 2022.
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo define la violencia laboral como incidentes en los que el personal sufre abusos, amenazas o ataques relacionados con su empleo, que ponen en riesgo su seguridad, bienestar o salud.
El abogado Cristian Flores explicó que el llamado mobbing o bullying laboral se caracteriza por ser repetitivo y sistemático: "son bromas, malos tratos hacia una persona dentro del entorno laboral".
Actualmente, el Código Penal de Coahuila no contempla como delito el acoso ni la violencia laboral. La senadora Cecilia Guadiana anunció que presentará un punto de acuerdo para exhortar al Congreso local a legislar en la materia: "Se deben emitir leyes y políticas públicas necesarias para garantizar la prevención del acoso, hostigamiento y cualquier forma de violencia en los centros de trabajo", señaló.
Aunque no existe tipificación penal, sí hay disposiciones que buscan atender el problema. La NOM-035 de la Secretaría del Trabajo establece que las empresas deben implementar medidas para prevenir, sancionar y generar protocolos internos frente al acoso laboral.
Además, la Ley Federal del Trabajo, en sus artículos 3, 3 BIS y 51 fracción II, prohíbe cualquier forma de discriminación en el ámbito laboral, define tanto el hostigamiento como el acoso como manifestaciones de violencia, así como la rescisión del contrato sin responsabilidad del trabajador, si se incumple con estas disposiciones.
Ante cualquier situación de violencia laboral, las y los trabajadores pueden acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajador (Profedet), ubicada en el Palacio Federal, donde se brinda asesoría gratuita.