A los trabajadores en México les quedan solo dos días de descanso obligatorios en lo que resta de 2026: el lunes 16 de noviembre, establecido por la Ley Federal del Trabajo con motivo de la conmemoración del inicio de la Revolución Mexicana.
El descanso obligatorio aplicará en todo el país y permitirá un fin de semana largo, debido a que el aniversario de la Revolución Mexicana corresponde al 20 de noviembre, pero la legislación laboral establece el tercer lunes de noviembre como día de descanso.
Este 16 de septiembre, aniversario del inicio de la Independencia de México, también está contemplado como descanso obligatorio, aunque esa fecha ya transcurrió.
¿Qué días de noviembre y diciembre son descanso obligatorio?
El calendario de días festivos suele incluir fechas que forman parte de las celebraciones tradicionales de México, pero no todas representan un descanso obligatorio para los trabajadores.
El 1 y 2 de noviembre, correspondientes al Día de Muertos, no están considerados como días de descanso obligatorio por la legislación laboral federal.

Lo mismo ocurre con el 12 de diciembre, fecha en la que se conmemora el Día de la Virgen de Guadalupe.
Por ello, en esas fechas las actividades laborales pueden mantenerse con normalidad, salvo que exista un acuerdo entre trabajadores y patrones, una disposición interna de la empresa o alguna condición establecida en el contrato laboral.
La Ley Federal del Trabajo contempla reglas específicas para los días de descanso obligatorio. Cuando una fecha no forma parte de esta lista, el descanso adicional no se genera automáticamente para los trabajadores del sector privado.
Calendario escolar tiene fechas diferentes
En el sector educativo, las fechas de suspensión de actividades y los periodos vacacionales se determinan mediante el calendario escolar, por lo que no coinciden necesariamente con los días de descanso obligatorio establecidos para los trabajadores.
Para el cierre de 2026, el periodo vacacional de invierno está previsto del lunes 21 de diciembre de 2026 al martes 5 de enero de 2027. Dentro de este periodo el día 25 de diciembre también será día de asueto obligatorio por la celebración de navidad.
Posteriormente, el miércoles 6 de enero de 2027 se contempla como suspensión de labores docentes. El regreso formal a las aulas está programado para el jueves 7 de enero.
De esta manera, las fechas de descanso para trabajadores y estudiantes deben revisarse de acuerdo con la legislación laboral y el calendario escolar correspondiente.
Para los trabajadores, el lunes 16 de noviembre y el viernes 25 de diciembre serán los únicos descansos obligatorio laboral previsto en 2026.