El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció un cambio importante en la fiscalización digital en México. A partir de abril de 2026, la autoridad podrá acceder en línea y en tiempo real a las operaciones de las plataformas digitales que operen en el país.
La medida fue aprobada por la Cámara de Diputados con 335 votos a favor y 122 en contra, mediante la modificación del Código Fiscal de la Federación. Con la incorporación del artículo 30-B, los prestadores de servicios digitales deberán permitir al SAT una conexión continua y directa a la información de sus operaciones dentro del territorio nacional.
Según el texto aprobado, esta disposición permitirá a la autoridad consultar datos sobre transacciones, información de usuarios y movimientos financieros relacionados con la economía digital. El objetivo principal es reforzar la recaudación y garantizar que las empresas cumplan con sus obligaciones fiscales.
La medida aplicará a todas las plataformas y servicios en línea que ofrezcan contenidos digitales, herramientas de descarga o actividades de intermediación mediante internet o aplicaciones móviles. Esto incluye tanto a empresas nacionales como extranjeras que operen en México.
En caso de incumplimiento, el SAT tendrá facultades para suspender el acceso o el funcionamiento de la plataforma dentro del país. Esta sanción busca asegurar que ninguna empresa opere fuera de la normativa y que los datos fiscales estén disponibles para la autoridad.
El artículo 30-B entrará en vigor el 1 de abril de 2026, lo que dará a las compañías tecnológicas tiempo para adaptar sus sistemas y garantizar el cumplimiento de la nueva norma. La autoridad espera que, con esta medida, se fortalezca el control fiscal sobre la economía digital y se eviten prácticas de evasión o subdeclaración de ingresos.