El 20 de diciembre concluye el periodo oficial para que los empleadores realicen el pago de aguinaldos, una prestación obligatoria establecida en el Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo. La normativa indica que todas las personas trabajadoras deben recibir, como mínimo, el equivalente a 15 días de salario, mientras que quienes no han cumplido un año de servicio tienen derecho a recibir la parte proporcional correspondiente al tiempo laborado.
De acuerdo con lo establecido en la Ley, el pago de aguinaldo corresponde a trabajadores de base, confianza, planta, sindicalizados, eventuales, por obra o tiempo determinado, de temporada, por tiempo indeterminado en periodo de prueba o capacitación inicial, así como comisionistas, agentes de comercio, agentes de seguros y vendedores.
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo advirtió que el incumplimiento en esta obligación ya sea por omisión, pago incompleto o retraso constituye una violación a la ley. Las sanciones para los patrones infractores van de 50 a 5.000 Unidades de Medida y Actualización (UMA), lo que para 2025 representa multas de entre 5 mil 657 y 565 mil 700 pesos. Las autoridades exhortaron a los trabajadores a verificar el cumplimiento de esta prestación y a denunciar cualquier anomalía.