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19 de Abril del 2024
Salud

Modificaciones al protocolo de manejo de fallecidos por Covid 19

Modificaciones al protocolo de manejo de fallecidos por Covid 19

Para obtener la autorización de los trámites de traslado, inhumación o cremación en decesos por Covid-19 de más de 48 horas ya no será necesario presentar carta de estancia, carta de refrigeración, tesis de embalsamamiento o carta responsiva.

Lo anterior será efectivo tras las modificaciones en el Protocolo de Actuación Interinstitucional para el Manejo de Personas Fallecidas por Sospecha o Confirmación de Covid-19 en la capital, lo cual quedó publicado en la Gaceta Oficial de la CDMX.

Con los ajustes, también se autoriza el traslado de personas fallecidas al interior de la República Mexicana o al extranjero, extremando todas las medidas de seguridad sanitaria.

"Para la autorización de traslados de personas fallecidas que implican tiempos prolongados se autoriza su embalsamamiento o la aplicación de cualquier otro procedimiento de conservación, conforme al Reglamento de la Ley General de Salud en materia de Control Sanitario de la disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos, utilizando el equipo de protección personal en términos de lo establecido en los Lineamientos de Manejo General y Masivo de Cadáveres por COVID-19 (SARS-CoV-2) en México".





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