En Chiapas, se aprobó la adición del Artículo 424 BIS al Código Penal para el Estado de Chiapas, en materia de delitos cometidos en la procuración e impartición de justicia, para sancionar a servidores públicos que filtran imágenes, videos, y material que debería de servir de evidencia cuando se comete un delito como el feminicidio, pero se hace un mal uso y se exhibe a los cuerpos de las víctimas, lo que lastima su dignidad y el dolor de las familias.
Esta violencia digital, es una muestra de un sistema de justicia que no ha cumplido con la perspectiva de género ni de derechos humanos.
El nueve de febrero del 2020, medios nacionales publicaron las imágenes del crimen que acabó con la vida de una joven de apenas 25 años: Ingrid Escamilla; fue asesinada brutalmente por su pareja Erick Francisco Robles.
A Ingrid la revictimizaron los policías y los peritos que fueron los primeros respondientes, los medios llenaron sus portadas con imágenes del cuerpo de la joven, sin ninguna sensibilidad aunque se trataba de una víctima de feminicidio.
En Chiapas, dos pequeñas fueron asesinadas en San Juan Chamula, a las pocas horas, las imágenes de sus cuerpos ya circulaban en redes sociales, atentaron contra la dignidad de las infantes y de sus familias.
En accidentes automovilísticos, los cuerpos de las víctimas son exhibidos por fotografías tomadas por servidores públicos, quienes lejos de salvaguardar la integridad y cubrir los restos, los descubren para alimentar el morbo.
La aprobación de esta iniciativa es un acto de justicia y es reconocer que las víctimas y sus familias, los deudos, merecen respeto. En Chiapas ya no se permitirá el morbo, venga de quien venga, especialmente de los elementos que deberían de proteger a la ciudadanía. Pero sobre todo, busca frenar la revictimización.