El Congreso de Veracruz declaró aprobada la reforma constitucional que elimina el fuero de las autoridades municipales contempladas en la disposición, luego de recibir el respaldo de más de 124 ayuntamientos, por encima de los 112 necesarios para su validación. La modificación, impulsada por la gobernadora Rocío Nahle, avanzó después de los procesos de desafuero de dos alcaldes de Movimiento Ciudadano acusados de delitos de feminicidio y desaparación, lo que abrió el debate sobre si se trata de un avance en materia de justicia o de una decisión que podría prestarse a interpretaciones políticas.
Aunque la reforma establece una disposición general para las autoridades municipales comprendidas en el cambio constitucional, especialistas advierten que su aplicación dependerá de la imparcialidad de las instituciones encargadas de investigar los posibles delitos.

Eliminar el fuero: ¿protección institucional o riesgo de persecución política?
El abogado constitucionalista Luis Alberto Martín Capistrán considera que el fuero no debe entenderse como un privilegio personal, sino como una protección para el ejercicio de la función pública frente a posibles presiones de quienes controlan el poder político.
El especialista explicó que esta figura, conocida jurídicamente como inmunidad procesal en materia penal, tiene antecedentes históricos en México y busca evitar que los procedimientos penales se conviertan en mecanismos de represalia entre grupos políticos.
"Históricamente, la protección constitucional en materia penal ha servido para contener el revanchismo entre los grupos políticos, las venganzas entre los grupos de poder y ha detenido el usar a las fiscalías como herramientas de chantaje, de presión, de venganza", advirtió Martín Capistrán.
Desde su perspectiva, eliminar esta protección puede debilitar las garantías institucionales que buscan evitar que las autoridades utilicen los instrumentos legales contra sus adversarios. El abogado también cuestionó que la reforma se aprobara en un contexto marcado por los casos de dos alcaldes de oposición.
"Esta reforma constitucional tiene los matices de ser una ley privativa", señaló Martín Capistrán, al considerar que la coincidencia con los casos de los presidentes municipales de Movimiento Ciudadano genera cuestionamientos sobre el origen y los alcances de la modificación.
El poder político y la imparcialidad de las fiscalías
El analista político Fernando Mendoza considera que la coincidencia entre la reforma y los procedimientos contra los alcaldes de Movimiento Ciudadano alimenta las sospechas de una posible motivación política. Sin embargo, advierte que el alcance general de la medida también obliga a observar cómo se aplicará frente a autoridades de distintos partidos ya que ante la distribución actual del poder político en Veracruz, la mayoría oficialista podría tener capacidad para impulsar decisiones que afecten a alcaldes de oposición e incluso a funcionarios de su propio partido. Por ello, consideró que el punto central no es solamente quién pierde la protección constitucional, sino quién conduce las investigaciones.
"Lo importante es quiénes son justamente los que ejecutan esto, y estamos hablando de fiscalías", sostuvo Mendoza.
El especialista advirtió que el verdadero reto será determinar si las instituciones de procuración de justicia actúan con autonomía e imparcialidad o si responden a intereses políticos del gobierno en turno.
Quitar el fuero no significa declarar culpable a un alcalde
La reforma al artículo 78 de la Constitución Política del Estado de Veracruz elimina el requisito de autorización legislativa previa para proceder penalmente contra las autoridades municipales comprendidas en la disposición. Esto no significa que un alcalde o cualquier otro funcionario pierda automáticamente la presunción de inocencia, ni que la eliminación del fuero equivalga a una declaración de culpabilidad. Las investigaciones y los procesos penales deben desarrollarse conforme a la ley y respetar el derecho al debido proceso.
El desafío: que la justicia no dependa del partido político
La eliminación del fuero municipal abre la posibilidad de proceder penalmente contra las autoridades comprendidas en la reforma sin el procedimiento legislativo previo que antes se requería. Sin embargo su aprobación no resuelve por sí sola los cuestionamientos sobre la independencia de las instituciones ni garantiza que las investigaciones se desarrollen sin sesgos partidistas. El reto para Veracruz será demostrar que la ley se aplica sin distinciones políticas, que las fiscalías investigan con imparcialidad y que las responsabilidades penales se determinan mediante procedimientos legales.
Si el propósito es terminar con los privilegios y fortalecer la rendición de cuentas, la discusión también deberá abordar las protecciones de legisladores y funcionarios de otros niveles de gobierno. De lo contrario, permanecerá una pregunta de fondo: ¿la reforma representa un paso hacia una justicia igual para todos o amplía el margen de actuación de quienes controlan el poder político en el estado?