Zacatecas, Zac. Un juez federal concedió la suspensión definitiva a una familia del municipio de Guadalupe, al determinar que la Junta Intermunicipal de Agua Potable y Alcantarillado de Zacatecas (JIAPAZ) deberá reconectar de manera inmediata el servicio de agua potable en su domicilio, luego de que personal del organismo realizara un corte sin notificación formal ni documentación que justificara la medida.
De acuerdo con el expediente 1989/2025, promovido por Alejandra Luna Ortiz, el corte del suministro se originó tras varios meses de adeudo; sin embargo, los recibos presentaban cobros considerados "exorbitantes", que alcanzaban montos de hasta 50 mil pesos, cuando los pagos habituales eran de alrededor de 200 pesos mensuales.
El abogado Jorge Rada Luévano, representante legal de la afectada, explicó que la familia integrada por dos menores de edad tuvo que ausentarse algunos días del domicilio, lo que generó confusión en las lecturas del medidor. Según afirmó, JIAPAZ realizó lecturas erróneas y se negó a reconocerlas, lo que derivó en los cobros excesivos.
Rada Luévano precisó que los recibos con los cobros elevados dieron pie a un juicio separado, mientras que el amparo presentado ante el Juzgado de Distrito tuvo como fin exclusivo la reconexión inmediata del servicio de agua, al tratarse de un recurso de vital importancia para la familia, en especial para los menores.
El juez Armando Manuel Pérez Trujillo consideró que la suspensión del servicio vulneró el derecho humano al agua, establecido en el artículo 4° de la Constitución, y subrayó que, incluso ante un adeudo, no puede negarse el acceso al mínimo vital del líquido, indispensable para la salud y la subsistencia.
La resolución ordena la reconexión inmediata del suministro en el domicilio ubicado en la calle San Miguel, fraccionamiento Popular San Miguel, en Guadalupe, Zacatecas, y precisa que la beneficiaria deberá continuar pagando las tarifas correspondientes, mientras JIAPAZ está obligada a recibir los pagos y cumplir la orden judicial sin demora.
El fallo también hace referencia al principio del interés superior de la niñez, al señalar que la falta de agua afecta de manera directa el bienestar físico y emocional de las menores. Cabe mencionar que, la audiencia incidental sobre el caso está programada para el 16 de octubre de 2025, cuando el Juzgado de Distrito continuará con el análisis de fondo del juicio.